Bienes Personales: cuáles son las valuaciones de vehículos y divisas del período fiscal 2019

La AFIP publicó las cotizaciones de las divisas y los valores de referencia de autos, camionetas y motos para la declaración jurada del impuesto al patrimonio, que deberá presentarse entre el 11 y el 17 de junio, según la terminación del CUIT.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el listado de valuaciones de vehículos y de cotizaciones de monedas extranjeras que se tomarán como referencia para el cálculo de las sumas a pagar por el impuesto a los Bienes Personales.

Las declaraciones juradas del tributo al patrimonio deben ser presentadas entre el 11 y el 17 de junio, según la terminación del CUIT. 

Por el lado de las divisas, la AFIP cotizó al dólar a $ 59,69 para la compra y $ 59,89 para la venta. El euro se valuó a $ 66,8528 (compra) y $ 67,2265 (venta); mientras que la libra esterlina, a $ 78,2655 y $ 78,7074, respectivamente.

 

 

En cuanto a los vehículos, la AFIP publicó las valuaciones para automóviles, camiones y pickups, motos, transportes de pasajeros y motor home y otros sin especificación. A continuación, los listados, que son descargables en formato PDF para una mejor visualización.

Automóviles

 

Camiones y pickups

 

Transporte de pasajeros y motor home

 

 

Motos y motocicletas

 

Otros vehículos

 

 

 

Quiénes pagan Bienes Personales

Las personas obligadas a pagar Bienes Personales son aquellas que posean bienes cuya valuación al 31 de diciembre de 2019 supere por $ 2 millones al mínimo no imponible (MNI) de $ 3 millones, con lo que se pagará el 0,5% de ese excedente. Si los activos están en el exterior, la alícuota será el doble para todas las escalas. En este caso, será de 1%.

En caso de que el monto supere al MNI por entre $ 3 millones y $ 6,5 millones, se pagarán $ 15.000 más el 0,75% del excedente sobre los primeros $ 3 millones. Para los bienes en el extranjero, la tasa es de 1,5%.

Si la cifra declarada supera el MNI por entre $ 6,5 millones y menos de $ 18 millones, el contribuyente deberá abonar $ 41.250 más el 1% de lo que exceda los primeros $ 6,5 millones. Para aquellos que posean activos en el extranjero, la tasa es de 2%.

Cuando el monto supere al MNI por más de $ 18 millones, se pagarán $ 156.250 más el 1,25% del excedente de los primeros $ 18 millones. Para activos en el exterior, la alícuota es de 2,5%.
 

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