ATP julio: definieron cómo se otorgarán los créditos y quiénes los recibirán

El Ejecutivo formalizó los detalles de los créditos blandos que ofrecerán para las empresas que hayan incrementado en términos interanuales su facturación en junio hasta un 30%. Para los que hayan sufrido caídas, seguirán los subsidios al salario.

La cuarta edición de los beneficios del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) que el Gobierno diseñó para morigerar el impacto de la crisis en el sector privado tendrá un instrumento adicional para aquellas empresas donde el impacto no fue tan profundo como en otras.

A través del decreto 621/2020, se oficializó que el programa contemplará un crédito a tasa subsidiada para empresas que consistirá en una financiación por empleado por un monto equivalente al 120% de un salario mínimo, es decir $ 20.250, y no podrá exceder la remuneración neta de cada trabajador.

Este beneficio estará disponible para aquellas empresas que hayan registrado un incremento nominal interanual en su facturación de junio o la hayan mantenido, en tanto que para las que hayan sufrido caídas recibirán las asignaciones salariales, que ya no tendrán distinción geográfica como en junio, pero sí un tope más acotado de hasta 1,5 salarios mínimos ($ 25.312,5). Para los sectores de turismo, salud, cines y cultura, el subsidio seguirá siendo hasta de dos sueldos mínimos.

La tasa de interés de los créditos de asistencia variará de acuerdo a cuánto incrementaron su facturación en la comparación interanual:

  • Si la facturación creció menos de 10%, la tasa será de 0%.
  • Si creció entre 10% y 20%, el interés será de 7,5%.
  • Si aumentó entre 20% y 30%, la tasa será del 15%.

El tributarista Ezequiel Passarelli considera que la asistencia del programa mutarán en los próximos meses de subsidios directos a créditos blandos a medida que la cuarentena se vaya abriendo y se normalice la actividad.

"Lo trascendente, desde ya, son los nuevos créditos a tasas subsidiadas, para los que hayan facturado hasta un 30% más que el año pasado. Creo que hacia ahí va a ir mutando el ATP. De subsidios a créditos blandos, a medida que el Aislamiento vaya flexibilizándose y, en algún momento, terminando", señaló.

Y agregó: "Es llamativa la última parte del decreto, que faculta a que estos créditos se terminen transformando en subsidios (como lo es el salario complementario), con ciertas metas de creación de empleo y, seguramente, inversión y sostenimiento de la actividad"

El texto de la norma destaca que estos créditos se podrán convertir en un subsidio "sujeto al cumplimiento de metas de sostenimiento y/o creación de empleo u otras variables asociadas al desempeño económico de las empresas". Estas condiciones serán definidas por la Jefatura de Gabinete.

El decreto estipula que el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep) podrá bonificar el costo financiero y de la tasa de interés de estos créditos a tasa subsidiada, de acuerdo a cuánto varió la facturación de la empresa en relación con el año anterior. Los rangos serán definidos por Jefatura de Gabinete, que destinará hasta $ 10.000 millones en este concepto.

También el Fondo de Garantías Argentino (Fogar) podrá avalar la totalidad de los créditos, sin la necesidad de exigir contragarantía, 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) proporcionará a los bancos, a través del Banco Central (BCRA), el listado de empleadores elegibles para los préstamos. 

Además, se mantiene la opción de que el empleador elija entre la postergación del pago de las contribuciones patronales o una bonificación del 95% del monto. El Fisco definirá cuánto durará la prórroga.

En cuanto a las restricciones, no hay cambios. Tanto las empresas que accedan a estos préstamos o las que reciban salario complementario no podrán distribuir utilidades, recomprar sus acciones, operar en el mercado del dólar CCL ni realizar transferencias a países considerados paraísos fiscales por el ejercicio fiscal actual y los 12 meses siguientes. Para las firmas de más de 800 empleados la prohibición es por 24 meses adicionales.

Por ejemplo, si una compañía con cierre de ejercicio en diciembre (la gran mayoría del sector privado) ingresa al programa ATP, no podrá realizar ninguna de estas acciones hasta el 31 de diciembre de 2021 si tiene menos de 800 empleados, o hasta el 31 de diciembre de 2022 si tiene una nómina mayor a esa cifra.

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