ATP de julio: hoy vence la inscripción, pero los pagos se harían en dos semanas

Las empresas interesadas en recibir la asistencia para el pago de salarios de julio podrán anotarse en el sitio web de AFIP. Las que acrediten caídas en la facturación de junio recibirán subsidios, mientras que las que hayan tenido subas nominales inferiores a 30% obtendrán créditos a tasas subsidiadas.

Hoy vence la inscripción para las empresas que quieran recibir los beneficios del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) correspondiente a julio, a través del cual se otorgarán subsidios y créditos al salario de sus empleados de acuerdo con el impacto que haya tenido la crisis en su facturación.

Una vez cerrada la inscripción, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recopilará qué asalariados recibirán el beneficio en función de los ingresos que sus empleadores tuvieron durante junio, a través de un doble chequeo.

Luego, enviará los listados a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), que procesará los datos y liquidará las sumas a transferir, lo que demora unos cuatro o cinco días hábiles. El organismo ejecutará las transferencias directamente a las cuentas de los beneficiarios, se estima, la tercera semana de agosto, no antes del 18.

El proceso hará que los trabajadores cobren la mitad de su salario recién en la segunda mitad del mes. Como referencia, la inscripción para el ATP de junio cerró el 3 de julio, el Fisco envío los listados cinco días después y los pagos comenzaron a efectuarse recién entre el 16 y el 17 de julio.

Sin embargo, en el medio hubo dos feriados, el 9 por el Día de la Independencia y el 10 por ser 'puente', que demoraron la operatoria. En agosto será feriado el 17 de agosto, que cae lunes, por lo que probablemente los giros se concretarían esa semana, entre el 18 y el 21, dos semanas después del plazo que fija la Ley de Contrato de Trabajo para el pago de salarios.

 

Quiénes cobran el ATP

En esta edición del programa ATP ya no habrá segmentación regional, pero habrá asistencias diferenciadas según el nivel de facturación de los empleadores. Así, las empresas que hayan registrado en junio una caída nominal en su facturación recibirán por cada empleado subsidios entre $ 16.875 (un salario mínimo) y $ 25.312,50 (1,5 salarios mínimos).

En tanto, las empresas que hayan tenido una suba interanual en su facturación tendrán líneas de créditos subsidiados por hasta $ 20.250 (1,2 salarios mínimos) por empleado. No obstante, en términos reales, en contraste con una inflación interanual superior al 40%, todas habrán mostrado un deterioro en términos reales.

Para las que hayan registrado un incremento inferior a 10%, la tasa de interés será de 0%; para las que hayan tenido entre 10% y 20%, la tasa será de 7,5% anual, y para las que tengan entre 20% y 30%, será de 15%.

En tanto, las empresas de salud, turismo, cultura y los cines seguirán con la posibilidad de que se les cubra el equivalente a dos salarios mínimos ($ 33.750) por empleado, y el Gobierno anticipó que las asistencias a estos sectores continuarán hasta diciembre.

Las restricciones para las empresas que ingresen al ATP seguirán vigentes y no podrán recomprar acciones, distribuir dividendos, operar dólares financieros ni realizar transferencias a empresas radicadas en países considerados paraísos fiscales

Para las empresas de menos de 800 empleados, la prohibición pesa durante el ejercicio actual más los 12 meses siguientes, mientras que las que tengan más no podrán hacer estas maniobras por el ciclo actual y los 24 meses siguientes. Así, una empresa que cierre su balance en diciembre (la mayoría) tendrá estas restricciones hasta el 1° de enero de 2022 si tiene menos de 800 trabajadores, o hasta el 1° de 2023 si tiene más.

 

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