Anuncian cambios en los pasaportes para menores y extranjeros

El Ministerio del Interior decidió acortar el vencimiento de la documentación en el caso de menores a cinco años y extender su vigencia para refugiados en el país. La medida obedece a razones de seguridad.

El Ministerio del Interior anunció una serie de cambios en el pasaporte en virtud de los cuales el de los menores de edad tendrá ahora una validez de cinco años, en el caso de los mayores la vigencia será de 10 años. Además, los de personas refugiadas tendrán una vigencia mayor, mientras que los extranjeros deberán nacionalizarse para obtener este tipo de documento.

La modificación "se realizó teniendo en cuenta recomendaciones internacionales para poder tener un registro oportuno de los cambios fisonómicos de los menores que ayudará a fortalecer los controles de frontera", señaló el organismo en un comunicado.

No obstante, la cartera que encabeza Rogelio Frigerio aclaró que todos los pasaportes ya expedidos serán válidos hasta su fecha de vencimiento. También se estipuló que los pasaportes para personas apátridas y refugiadas aumentarán su período de vigencia de uno a dos años.

"De esa manera, Argentina compatibiliza su legislación con la Convención sobre el estatuto de los Refugiados de 1951 y la Convención sobre el estatuto de los Apátridas de 1954", explicó el parte oficial.

"De esa manera, Argentina compatibiliza su legislación con la Convención sobre el estatuto de los Refugiados de 1951 y la Convención sobre el estatuto de los Apátridas de 1954", explicó el parte oficial.

Asimismo, se estableció que el Registro Nacional de las Personas emitirá pasaportes excepcionales con una validez de dos años a los ciudadanos extranjeros que "acrediten cuestiones humanitarias o de fuerza mayor, independientemente si tienen representación consular en nuestro país".

Otra de las modificaciones es que a partir de esta decisión todas las personas extranjeras que quieran tener pasaporte argentino deberán realizar la nacionalización, que consta de un trámite administrativo o judicial dependiendo de si son familiares directos de ciudadanos argentinos o no.

Hasta el momento, el Estado Nacional estaba obligado a emitir el documento de viaje argentino a extranjeros con o sin representación consular en nuestro país, así como también a cónyuges, viudos e hijos extranjeros menores de edad de ciudadanos argentinos, sin estar nacionalizados.

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