En esta noticia

El Gobierno nacional enviará este martes un nuevo proyecto de ley de Impuesto a los Ingresos Personales con el que buscará gravar los salarios de más de $ 1.350.000 brutos.

La iniciativa que buscará reemplazar al denominado Impuesto a las Ganancias a la IV Categoría, según anticiparon fuentes gubernamentales a la agencia Télam, prevé una instancia de actualización por escala trimestral vía Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El Gobierno nacional enviará este martes el proyecto de Impuesto a los Ingresos Personales
El Gobierno nacional enviará este martes el proyecto de Impuesto a los Ingresos Personales

Con su última corrección impulsada en septiembre por el entonces ministro de Economía, Sergio Massa, se estima que, de efectivizarse, alrededor 800 mil trabajadores volverán a estar alcanzados no sólo en materia tributaria sino, además que se les suprimirá el cobro de las Asignaciones Familiares contempladas en artículo 6° de la Ley 24.714.

Por la suba del piso de Ganancias, ¿quiénes dejarán de cobrar las Asignaciones Familiares de ANSES?


Para el pago de las distintas categorías de las Asignaciones Familiares, ANSES y AFIP toman en cuenta el "Ingreso del Grupo Familiar" (IGF) dado por la suma de todos los ingresos de los integrantes del grupo familiar. Su cálculo contempla:

  • Remuneraciones brutas y sumas no remunerativas declaradas por el empleador en el formulario 931 que presenta mensualmente en AFIP a los trabajadores en relación de dependencia, excluyendo las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo;
  • La Asignación Familiar por Maternidad / Maternidad Down (en caso de corresponder);
  • Las rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio doméstico;
  • Los haberes de jubilación y pensión;
  • El monto de la Prestación por Desempleo;
  • Planes Sociales,
  • Las sumas originadas en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas de cualquier índole.
CATEGORÍAIMPORTE
Tope Máximo de Ingreso del Grupo Familiar$ 3.960.000
Tope Máximo de cada integrante del Grupo Familiar$ 1.980.000

De esta forma, y tras la modificación instaurada en primera instancia mediante el Decreto 473/2023 y sancionada más tarde con fuerza de ley por el Congreso de la Nación, aquel o aquella integrante del grupo familiar que hoy perciba un importe bruto superior a $ 1.980.000, quedará excluido de su percepción. Sin embargo, de aprobarse la iniciativa del Impuesto a los Ingresos Personales, el tope se reduciría a $ 1.350.000 (brutos).