ANSeS oficializan aumento de las asignaciones familiares, AUH y AUE: cómo quedan los montos

Se reglamentó la suba del 7.5% anunciado por el presidente Alberto Fernández. Fue a través de la resolución 312/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.

El Gobierno reglamentó la suba del 7,5% para los haberes correspondientes a Asignaciones Familiares, así como el incremento de los angos de ingresos del grupo familiar, anunciado días atrás por el presidente Alberto Fernández.

Fue través de la Resolución 312/2020 publicada este miércoles en el Boletín Oficial. De esta manera, el organismo previsional elevó el piso límite de ingresos mínimo aplicable a los titulares y a las titulares que se encuentren en el rango de los $ 6.105,79, y el máximo quedó ubicado en $ 155.328.

El texto oficial indica que un ingreso superior a $ 77.664 por parte de uno de los integrantes del grupo familiar, "excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido en el artículo precedente".

Los seis anexos que se desprenden de la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, dan cuenta de la situación caso por caso:

  • Rangos y montos de asignaciones familiares para trabajadores en relación de dependencia registrados y titulares de la ley de riesgos del trabajo

 

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su éjido urbano) en Salta.

Zona 2: Provincia del Chubut.

Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.

Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

 

  • Rangos y montos de asignaciones familiares para titulares de la prestación por desempleo

 

  • Rangos y montos de asignaciones familiares para titulares del sistema integrado previsional argentino

 

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.

 

  • Rangos y montos de asignaciones familiares para veteranos de guerra del Atlántico Sur

 Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.

 

  • Montos para titulares de asignaciones universales para protección social

 

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.

Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.

 

  • Rangos y montos para asignaciones familiares para trabajadores monotributistas

 

 

 

Resolución 312/2020 by El Cronista Comercial on Scribd

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