

El Ministerio de Desarrollo Social anunció que los titulares de Potenciar Trabajo cobrarán un bono en diciembre. En la misma línea, el haber liquidado a través de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) recibió un aumento de 12% respecto al mes anterior.
ANSES: ¿cuándo cobro el bono para Potenciar Trabajo?
La cartera a cargo de Victoria Tolosa Paz anunció a mediados de septiembre que los titulares del programa recibirán un bono de $ 20.000 en dos cuotas de $ 10.000.
El primer refuerzo ya fue liquidado en noviembre y el 15 de diciembre se acreditará la suma extra.
ANSES: ¿cuánto cobro por Potenciar Trabajo con aumento?
Los beneficiarios del Potenciar Trabajo cobraron sus haberes hoy 5 de diciembre con aumento de 12%. La suba responde a la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) acordado.
El piso salarial pasó de $ 132.000 a $ 146.000, por lo que se liquidó un haber de $ 77.000. Junto con el bono de $ 10.000, los titulares percibirán un total de $ 87.000 durante el último mes del año.
Cabe resaltar que el sueldo mínimo incrementará 8,5% y escalará hasta los $ 156.000, por lo que el siguiente cobro constará de $ 78.000.

ANSES: ¿cómo saber si cobro el bono de Potenciar Trabajo?
El Ministerio de Desarrollo Social liquidará la suma extra a todos los titulares que hayan validado su identidad. La medida tiene como objetivo "aportar transparencia y mejorar la gestión de los programassociales".
El trámite es gratuito y obligatorio y para realizarlo se deberán seguir los siguientes pasos:
- Crear en Mi Argentina desde la aplicación o desde la página oficial,
- Ingresar al apartado "Mis Cobros",
- Buscar el formulario correspondiente,
- Rellenar o actualizar los datos personales.
ANSES: ¿cuáles son las incompatibilidades del Potenciar Trabajo?
El Ministerio de Desarrollo Social publicó la lista de incompatibilidades para los titulares del Potenciar Trabajo. Las mismas son:
- Ser dueño de más de dos inmuebles,
- Tener más de 3 automóviles registrados (no se incluyen las motos),
- En caso ser trabajador en relación de dependencia, el salario percibido no puede ser mayor al haber del programa,
- Solo se admitirá estar inscripto en el régimen simplificado de pequeños contribuyentes en las categorías A, B, C y D o ser parte del monotributo social.




