Boletín Oficial

AFIP suspendió las ejecuciones fiscales contra Pymes hasta septiembre

La medida vencía hoy y se prorrogó hasta el 31 de agosto inclusive. Beneficio a pequeñas y medianas empresas. La suspensión no incluye los montos reclamados en concepto de aporte solidario y extraordinario ni sobre el Impuesto sobre los Bienes Personales

La AFIP suspendió hasta septiembre los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares contra pymes. Es una nueva prórroga del beneficio, que vencía hoy 31 de mayo.

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"La extensión 

alcanza exclusivamente a las micro y pequeñas empresas

,  inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMES así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades económicas afectadas en forma crítica"

que no cumplieron con sus obligaciones. Rige hasta el 31 de agosto inclusive

.

Así lo establece a Resolución General 5000 de la Administración Federal de Ingresos Públicos publicada hoy en el Boletín Oficial. Además, "se suspende por idéntico plazo la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar".

La decisión se basa en la necesidad de sostener las medidas originales adoptadas en el contexto de la emergencia sanitaria originada por la pandemia de Covid-19 "a fin de morigerar el impacto negativo y no deseado sobre diversos sectores de la economía y generar las condiciones necesarias para lograr la recuperación de la actividad productiva y preservar las fuentes de empleo".

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Sin embargo, la normativa, que lleva la firma de Mercedes Marcó del Pont, titular del organismo, establece dos excepciones. "A fin de preservar las fuentes de financiamiento del Estado Nacional en el marco de la emergencia sanitaria, devino necesario excluir de las referidas suspensiones a los montos reclamados en concepto de aporte solidario y extraordinario".

Y se aclara "que con el mismo objetivo, se estima conveniente establecer similar exclusión respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales".

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