AFIP: la devolución de IVA a inversores sólo se hará una vez por año y no cada 6 meses

En lugar de respetar el plazo de 6 meses posterior a la inversión que había establecido la reforma impositiva, la AFIP reglamentó el beneficio de devolución de saldos técnicos de IVA de modo que sólo se podrá solicitar en diciembre de cada año.

La AFIP reglamentó un beneficio de la reforma impositiva en el IVA para favorecer las inversiones, pero de tal forma que se desvirtúa al dejarlo sujeto a más pérdida por inflación.

La Resolución General de AFIP 4581/2019 puso en vigor la devolución de saldos técnicos de IVA por inversiones en bienes de uso, como construcciones o edificios que se compren a constuctoras, y que se destinen a oficinas o fábrica, por ejemplo.

Pero, “en lugar de respetar el plazo de 6 meses desde que se realizó la inversión para el mantenimiento del saldo técnico de IVA para la solicitud de devolución como indicaba la reforma impositiva, estableció que ese pedido sólo se podrá hacer en diciembre de cada año , precisó Sebastián Domínguez de SCM Asesores Tributarios.

 “Del 1 al 10 de diciembre de cada año se podrá presentar una pre solicitud. La AFIP responderá si aprueba ese trámite en 48 horas, y recién entonces se podrá realizar la aprobación definitiva , añadió Domínguez.

Además, la AFIP sólo aprobará solicitudes de devolución de saldo técnico de IVA hasta un tope que fijará el Presupuesto todos los años.

“Ya había sido así para 2019, con un margen de $ 15.000 millones, pero ahora se generaliza , indicó Domínguez.

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