CALENDARIO ELECTORAL

Desde mañana no habrá más actos políticos en busca de la captación de votos: ¿termina la campaña?

A 25 días de las elecciones generales del 14 de noviembre se prohíben todos los actos y/o anuncios públicos destinados a la captación de voto: ¿cómo continúa el calendario electoral?

De acuerdo al calendario electoral, este miércoles comienza la prohibición de "actos públicos susceptibles de promover la captación del sufragio", unos 25 días antes de las elecciones legislativas del 14 de noviembre que tienen como objetivo renovar parte de las bancas del Congreso.

De esta forma los candidatos para las elecciones de medio término ya no podrán realizar anuncios de ningún tipo que puedan atraer a votantes, por lo que este martes será el último día en el que se observarán acciones de este tipo hasta después del 14 de noviembre.

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Así lo indica el Artículo 64 quater del Código Nacional Electoral (CNE), el cual prohíbe poco menos de un mes antes del sufragio "la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten".

En caso de que algún funcionario público incumpla con esta medida, será pasible de una inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos de uno a diez años, tal como establece el Artículo 133 bis del mismo código.

Así, este miércoles 20 de octubre ya no se podrán realizar este tipo de actos y/o anuncios públicos, lo que se observa en el apuro por parte de los candidatos -principalmente del oficialismo- de publicitar nuevas medidas en busca del voto en las últimas semanas.

En este marco, el Gobierno lanzó en el último período una serie de políticas para remontar los resultados adversos observados por el Frente de Todos en las PASO del pasado 12 de septiembre: desde el anuncio de la ampliación de la Tarjeta Alimentaria hasta un nuevo decreto para convertir en trabajo formal a los planes sociales, medidas de este tipo ya no podrán ser publicitadas en actos públicos de corte político.

No obstante, esto no significa que finaliza la campaña electoral, ya que esta se extiende hasta 48 antes de la apertura de los comicios e implica una definición mucho más amplia que los actos públicos de Gobierno.

Según el Artículo 64 bis. del CNE , la campaña electoral es "el conjunto de actividades desarrolladas por las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y comunicación, presentación de planes y proyectos, debates a los fines de captar la voluntad política del electorado".

Además, el texto agrega que la campaña deberá desarrollarse "en un clima de tolerancia democrática" y excluye a las actividades académicas, las conferencias y la realización de simposios, las cuales "no serán consideradas como partes integrantes de la campaña electoral".

Esta continuará, entonces, hasta la mañana del viernes 12 de noviembre, cuando comienza la famosa veda electoral, la cual no solo prohíbe la campaña de parte de los candidatos y sus agrupaciones, sino que también establece una serie de restricciones a los ciudadanos.

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PUNTO POR PUNTO, ¿QUÉ PROHIBE LA VEDA ELECTORAL?

Según el Artículo 71 del Código Nacional Electoral, quedan prohibidas las siguientes acciones tanto para los candidatos como para los electores:

  • Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora;
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado; 
  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos;
  • A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada; 
  • Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo;
  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos;
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre. 
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