Proyecto de moratoria: críticas al requisito de repatriar el 30% de los activos en el exterior

Tributaristas consideran que la condición que se añadió en el tratamiento en la comisión legislativa puede obstaculizar el ingreso de varios contribuyentes al esquema de regularización y contrastaron con el efecto que tuvo la medida respecto a Bienes Personales.

El proyecto de ley de la moratoria impositiva ampliada tuvo varias modificaciones relevantes en su tratamiento para la obtención del dictamen y su votación en el Congreso. Si se aprueba, tanto personas humanas como jurídicas podrán financiar sus deudas tributarias al 30 de junio hasta por 120 cuotas. 

Especialistas en tributación consultados por El Cronista se mostraron críticos con el nuevo requisito de repatriación del 30% de los activos externos para todo aquel que quiera ingresar a la moratoria y posea parte de su patrimonio en el extranjero.

Por otro lado, valoraron el reconocimiento a los contribuyentes cumplidores, aunque indicaron que se trata de un beneficio pequeño y funciona más como una señal.

Iván Sasovsky sostuvo que los cambios que se dieron en comisión no resuelven los problemas que estaban en el proyecto original e incorporaron otros adicionales, en referencia al requisito de repatriación de buena parte de los bienes del exterior.

"La imposibilidad de acceder sin repatriación puede ser un inconveniente muy importante a la hora de la necesidad de acceder a la moratoria. También el límite la actividad financiera en el exterior para que no decaigan los beneficios es toda una novedad, pero en este momento parece muy pretenciosa y de difícil control", señaló.

César Litvin coincidió y consideró que es "impensable" que; con la coyuntura de cepo cambiario, brecha entre tipos de cambios oficial y paralelos; y la incertidumbre económica un contribuyente "esté dispuesto a repatriar casi un tercio de sus activos financieros del exterior".

"Esta condición restringe y torna inaplicable para estos sujetos la regularización de sus obligaciones fiscales en este régimen", concluyó.

Sebastián Domínguez planteó que la mayoría de los contribuyentes con activos fuera de Argentina prefirió pagar la alícuota incrementada del impuesto sobre los Bienes Personales dispuesta en la Ley de Solidaridad en lugar de repatriar el 5% de su patrimonio, por lo que afirmó que el requisito de traer el 30% del total "no es acorde a lo que se necesita" en el contexto actual.

Además, cuestionó que el requisito alcance a los accionistas de las personas jurídicas, dado que no especifica que estos deben ser residentes argentinos, lo que impedirá que muchos ingresen a la moratoria. "Una persona jurídica tiene un accionista que es beneficiario del exterior. La ley nunca habla de que tiene que ser residente argentino. ¿La persona jurídica le va a decir al accionista que traiga el 30%?", opinó Domínguez.

Y agregó: "Además la repatriación para personas jurídicas no tiene por qué saber los fondos de los accionistas. ¿Las empresas que ingresen a la moratoria les van a pedir a los accionistas que repatrien el 30% de sus activos en el exterior? Es algo que no es posible. Además, ¿qué pasa si el accionista le miente y la persona jurídica termina siendo la perjudicada?"

Ezequiel Passarelli sostuvo que el 30% es una proporción "muy elevada" y apuntó que debería haber una distinción entre personas humanas y sociedades, y dentro de esta, una diferencia entre pymes y empresas más grandes.

"El nuevo requisito de tener que repatriar el 30% de los activos financieros externos seguramente sea lo más comentado en los próximos días. La idea, claramente, viene de la Ley de Solidaridad, en donde se daba la opción de repatriar el 5%, para no pagar la tasa más alta. Pero una cosa es el 5% y otra el 30%. Me parece que el 30% para todos (incluso los accionistas de las sociedades) es muy elevado. Deberían revisar esto", dijo.

En ese sentido, advirtió por los eventuales destinos que la reglamentación de la ley podría estipular para esos fondos que sean ingresados al sistema financiero local y comentó que restricciones tales como la liquidación en el mercado único libre de cambios (MULC) o plazos fijos en cajas de ahorro especiales que había para lo repatriado por Bienes Personales no parece "alentador".

"Si obligan a venderlo en el mercado cambiario oficial, la pérdida cambiaria (por vender en el CCL o MEP) es muy grande. La otra alternativa que traía la Ley de Solidaridad era depositarlo en un banco (Plazo Fijo), que, en estas condiciones de inestabilidad mundial (y del país), habrá que ver por cuánto tiempo", señaló.

La Ley de Solidaridad permitía invertir los activos repatriados por Bienes Personales en algunos fondos comunes de inversión que cumplieran con las directivas de la Comisión Nacional de Valores hata el 31 de diciembre, pero la otra opción, de adquirir títulos de deuda de fideicomisos del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), todavía no está disponible, a pesar de que el plazo de repatriación para el impuesto ya expiró.

En tanto, Sasovsky cuestionó uno de los artículos del proyecto que habilita a que los derechos sobre los fondos coparticipados que se generan por la ley si se aprueba puedan ser estructurados como instrumentos financieros.

"Se deja establecido que los derechos sobre los fondos coparticipados que se generen por la presente ley de moratoria podrán ser estructurados como instrumentos financieros y securitizados o cedidos por parte de las Jurisdicciones que lo reciban. Esto es una locura, los derechos coparticipables no se pueden securitizar, ¿cuál es la finalidad de esta norma? ¿Vender las deudas de los contribuyentes a los bancos?", señaló.

 

Beneficios para cumplidores

Una de las recomendaciones de los tributaristas, que también fue pedido por la oposición, fue la incorporación de beneficios para los contribuyentes que no se retrasen con ninguna declaración ni pago impositivo, con el fin de mantener los incentivos a que sigan cumpliendo.

"Cuando se otorga un beneficio para aquellos contribuyentes en mora, porque no pudieron o no quisieron pagar, se requiere inexcusablemente de un premio, un gesto, para el contribuyente que con esfuerzo ha cumplido con sus obligaciones tributarias. De lo contrario, se produce una desmotivación al cumplimiento futuro y afecta la 'conciencia tributaria'", explicó Litvin.

El proyecto que pasó por la comisión legislativa contempla beneficios tanto para monotributistas por el componente impositivo del régimen como para personas humanas y pymes en relación con el Impuesto a las Ganancias

Los monotributistas estarán exentos de pagar el componente impositivo de las próximas 2 a 6 cuotas mensuales, con un tope total equivalente a $ 17.500. Cuanto más baja la categoría, más extensa la exención.

Los sujetos inscriptos en Ganancias, excluidos funcionarios públicos, asalariados y jubilados, gozarán de un aumento del mínimo no Imponible equivalente al 50% vigente. El monto actual es de $ 123.861,17, por lo que representa $ 62.930 de incremento en la deducción, resaltó Litvin.

Las micro y pequeñas empresas podrán realizar amortizaciones aceleradas en bienes muebles amortizables en 2 o 3 años, de acuerdo a si son productos nacionales o importados. En el caso de obras de infraestructura, la amortización se reduce al 50% de la vida útil estimada. Este beneficio será aplicable para inversiones efectivizadas hasta el 31 de diciembre de 2021.

Para Domínguez, la definición de contribuyente cumplidor según la ley es bastante exigente respecto a los beneficios que reparte, dado que requiere el cumplimiento de todas las declaraciones tributarias y el pago de los saldos en tiempo y forma de todas las obligaciones desde el 1° de enero de 2017.

"Muy pocos están en esta condición. Si cumplieron, los que más se pueden beneficiar son los monotributistas de categorías más bajas. Pero para sujetos de Ganancias, para personas humanas el beneficio es el 50% de la ganancia no imponible, que termina siendo cerca de $ 63.000. Con una alícuota de 35%, dejaría de pagar $ 18.000. Teniendo en cuenta el nivel de exigencia, no es una cifra importante, más allá de que es una señal positiva. Está bien que haya un beneficio, pero parece poco", señaló.

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