ACTIVOS Y PASIVOS EN EL EXTERIOR

Prórroga para informe complejo para el Banco Central

Este año por primera vez, los particulares y empresas tendrán que cumplir a través de la AFIP con un régimen muy engorroso y complejo que hasta el año pasado realizaban las entidades bancarias para el Banco Central, organismo que es el destinatario final y sólo querría los datos "con fines estadísticos", aunque el hecho de que ahora corra por la base del organismo recaudador no da tranquilidad a muchos. Este régimen, conocido como Relevamiento de activos y pasivos en el exterior del BCRA, vencía por primera vez en cabeza de personas y empresas el próximo martes 31, pero fue prorrogado al 31 de agosto.

Este vencimiento del Relevamiento aplica para información al 31 de diciembre de 2017 y lo tienen que cumplir todos aquellos cuyo flujo o stock de activos y pasivos del exterior a esa fecha alcanzó u$s 1 millón. Sin embargo, entre esa cifra y u$s 10 millones, la declaración es simplificada, mientras que si esta última es superada hay que enumerar todas las inversiones, su rendimiento, su valor al cierre y muchos otros datos, expresó Sebastián Mancuso, del Grupo GNP.

La norma del Banco Central que quitó de los hombros de las entidades financieras este peso y lo pasó al conjunto de los contribuyentes es la Comunicación A 6401.

Cuando los activos y pasivos del exterior superen u$s 50 millones, los particulares o sociedades deberán presentar esta declaración jurada anual y cuatro trimestrales. Los plazos para los vencimientos, según la Comunicación B 11729 del BCRA, de prórroga, son los siguientes:

Primer Trimestre: 1º de octubre próximo

Segundo Trimestre: 13 de noviembre venidero

Tercer trimestre: 28 de diciembre de 2018

Cuatro trimestre: 14 de febrero de 2019

Mancuso remarcó que en teoría, está completísima información sobre los activos y pasivos en el exterior de los argentinos sólo es recabada por el Banco Central con "fines estadísticos", pero puso énfasis en que de ahora en más correrá por la plataforma de AFIP.

También destacó que las declaración jurada común para quienes tiene más de u$s 10 millones de activos y pasivos en el exterior no es muy distinta de la supuestamente simplificada para quienes tienen entre u$s 1 millón y u$s 10 millones. Las dos son muy complejas, del orden de la declaración jurada de Impuesto a las Ganancias de personas humanas, remarcó Mancuso.

Sin embargo, esta vez los contadores no están solos enfrentando el ingente trabajo, sino que también lo realizan muchos despachantes de aduana, por ejemplo, ya que no es un tema exclusivamente contable.

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