Monotributo: no más factura en papel y más plazo para declarar domicilio electrónico

Es para el caso de prestadores de servicios que no vendan a consumidores finales. Además, habrá tiempo hasta el 20 de diciembre para declarar un domicilio electrónico y, de no hacerlo, se bloqueará la constancia. 

Además del plan de pagos para monotributistas que queden excluidos del régimen, la AFIP informó hoy dos nuevas medidas para quienes adhieren al Monotributo: eliminó la obligación de contar con un facturero en papel de respaldo ante una eventual falla del sistema de emisión electrónica y extendió el plazo para declarar un domicilio electrónico. 

La eliminación de la obligatoriedad del talonario en papel rige únicamente, aclaró el organismo, para aquellos contribuyentes que no hagan ventas directas a consumidores finales, porque no requieren de alternativas de facturación en el caso de que el sistema no esté disponible al momento de que se concrete la transacción. 

"Antes debían tener un talonario de respaldo ante la inoperatividad del sistema. Ahora se eliminó la obligación de tener estos talonarios, aunque es solo para quienes no emitan comprobantes a consumidores finales", detalló la AFIP. 

En el caso de la declaración del domicilio electrónico, el nuevo plazo es el 20 de diciembre de este año. Posterior a esa fecha, de no declarar un mail y un teléfono celular, la AFIP dará de baja la constancia, lo que le generará problemas al contribuyente para la facturación. 

Temas relacionados
Más noticias de facturacion

Las más leídas de Economía y Política

Destacadas de hoy

Noticias de tu interés