Monotributo: cómo quedarán las escalas y las cuotas según el plan del Gobierno

El Ejecutivo envió una iniciativa legislativa al Congreso para que sea tratado en sesiones extraordinarias, a través del que se establece que la cuota y las escalas del régimen simplificado ajustarán en función de lo que subió la jubilación mínima en 2020.

El Gobierno envió un proyecto de ley al Congreso en el que, entre otras cosas, propone un incremento de 35,3% tanto para las cuotas como para las escalas del Monotributo, una cifra que va en línea con el aumento total que tuvo la jubilación mínima a lo largo de 2020 y que termina muy cerca de la inflación de todo el año.

En el artículo n° 15, la iniciativa señala que para la actualización que debe realizarse en enero de 2021 "se considerará, con efectos desde el 1° de enero, la variación del haber mínimo garantizado por el artículo n° 125 de la Ley Nacional del SIPA 24.241 correspondiente al año calendario 2020".

De esta manera, de ser aprobado el proyecto, el tope de ingresos anuales y las cuotas mensuales (componente tributario, obra social y aporte al sistema previsional) por categoría pasarán a ser:

  • Categoría A: $ 282.424,21 (cuota prestación de servicios: $ 2646,04, cuota venta de bienes: $ 2646,04
  • Categoría B: $ 423.636,30 (cuota servicios: $ 2958,74, cuota bienes: $ 2958,74)
  • Categoría C: $ 564.848,42 (cuota servicios: $ 3382,38, cuota bienes: $ 3325,20)
  • Categoría D: $ 847.272,66 (cuota servicios: $ 3988,56, cuota bienes: $ 3894,43)
  • Categoría E: $ 1.129.696,82 (cuota servicios: $ 5239,06, cuota bienes: $ 4711,20)
  • Categoría F: $ 1.412.121,05 (cuota servicios: $ 6271,01, cuota bienes: $ 5416,99)
  • Categoría G: $ 1.694.545,27 (cuota servicios: $ 7314,35, cuota bienes: $ 6167,80)
  • Categoría H: $ 2.353.535,10 (cuota servicios: $ 12.788,46, cuota bienes: $ 10.670,31)
  • Categoría I: $ 2.765.403,75 (cuota bienes: $ 15.338,57)
  • Categoría J: $ 3.177.272,39 (cuota bienes: $ 17.615,83)
  • Categoría K: $ 3.530.302,65 (cuota bienes: $ 19.911,30)

La cifra propuesta en la iniciativa, que se espera que sea tratada en sesiones extraordinarias, desecha otras posibilidades de ajuste muy dispares que habían entrado en análisis.

Es que la reforma jubilatoria de 2017 preveía un ajuste automático del régimen simplificado en función del índice de actualización del año anterior, pero con la suspensión para los aumentos previsionales el panorama se llenó de incertidumbre.

La fórmula anterior, que arrojaba un 42%, había sido suspendida para los aumentos de los haberes previsionales, pero el Gobierno analizaba mantenerla para la determinación de la suba del monotributo en 2021. 

Otras posibilidades esperadas por los analistas era que se decidiera aumentar un 24%, en consonancia con lo que subió la jubilación máxima, o un 31%, a raíz de los aumentos por decreto dispuestos por el presidente, Alberto Fernández (2,3% y suma fija de $ 1500 en marzo, 6,12% en junio, 7,5% en septiembre y 5% en diciembre). La posibilidad restante, quizá más remota, con la que especulaban los especialistas era que no hubiera aumento alguno.

 

La tabla completa

 

El resto de la iniciativa

El proyecto del Ejecutivo contempla además un tratamiento diferencial para aquellos que hayan superado hasta por un 25% los ingresos máximos del monotributo y les corresponda pasar al régimen general, franja que abarca, estiman, al 75% de los pequeños contribuyentes en esta situación.

Por un lado, podrán permanecer en el régimen simplificado en 2021 si abonan los aportes al SIPA y el componente impositivo correspondiente al monto del que se excedieron sobre el tope. También deberán abonar en concepto de impuesto integrado el 10% del excedente sobre el límite de la escala.

El contribuyente puede optar pasar al régimen general y, siempre que no haya superado por 25% el tope, tendrá beneficios para el pago del impuesto al valor agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias en el régimen general. 

Con respecto al tributo sobre el consumo, el nuevo inscripto podrá computar parte del crédito fiscal del año anterior, mientras que para Ganancias se prevé la posibilidad de realizar deducciones especiales en función de lo facturado.

Además, el proyecto busca todos los monotributistas que pasen al régimen general podrán reducir el saldo que deberán abonar por el IVA en sus primeros tres años: 50% en el primero, 30% en el segundo y 10% en el tercero, con el fin de amortiguar las grandes diferencias que existen entre ambos regímenes.

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