Más medidas de urgencia: limitan compra de dólares, cambios para bancos y exportadores y bonos por deudas con AFIP

Así lo estableció el Gobierno a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 609 publicado este domingo en el Boletín Oficial. Según las autoridades, las disposiciones buscan asegurar el abastecimiento de la moneda norteamericana a empresas y ahorristas.

El Gobierno nacional publicó hoy una serie de controles del mercado cambiario para abastecer de dólares al país y que buscan regular tanto la oferta como la demanda de billetes verdes. 

El borrador del Decreto de Necesidad y Urgencia comenzó a circular al mediodía del domingo. Al menos tres fuentes del Ministerio de Hacienda le confirmaron a El Cronista la existencia del decreto. Finalmente fue publicado en una edición especial de domingo del Boletín Oficial bajo el número 609/2019

A través de 12 artículos, la administración nacional volvió a imponer restricciones en el mercado financiero a través del DNU. Cerca de las cuatro de la tarde se conoció la circular A6770 del Banco Central, a través de la cual la autoridad monetaria detalló los alcances de las nuevas regulaciones. 

De acuerdo a fuentes del BCRA, el objetivo es proteger y abastecer la demanda ddólares de empresas y ahorristas que actualmente están en el sistema financiero, ya que las divisas depositadas se podrán retirar sin límites por ventanilla. 

Sin embargo, el Central impuso un límite en el que las exportadoras deberán liquidar las divisas producto de sus ventas, luego de que Federico Sturzenegger hubiera dado de baja este requisito durante su gestión. La nueva regulación implica que las empresas tienen de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities). 

Lo que no tendrán permitido las empresas será comprar dólares para atesorar o girar dividendos a sus casas matrices. Sin embargo, el BCRA explicó que "no hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento".

Por el lado de la demanda de dólares, el Central impuso restricciones para el atesoramiento. A partit de ahora, las personas físicas podrán comprar hasta US$ 10.000 por mes y también girar ese monto al exterior a cuentas propias (no así a cuentas a nombre de otras personas y/o entidades), según confirmaron fuentes del Banco Central. 

Fuentes de la entidad que dirige Guido Sandleris explicaron que "a través de esta medida se busca lograr mayor estabilidad cambiaria y proteger al ahorrista".

De manera más directa, las fuentes destacaron que "nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas". "Tampoco hay ningún impedimento al comercio exterior, ni restricciones sobre viajes", señalaron.

El DNU también establece que los tenedores de algunos títulos de la deuda pública con vencimiento original fuera de límite, podrán dar estos títulos en pago para cancelar obligaciones de la seguridad social, como aportes y contribuciones, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.

En este marco, los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes.

En sus considerandos, la norma explicó que "ante diversos factores que impactaron en la evolución de la economía argentina y la incertidumbre provocada en los mercados financieros, el Poder Ejecutivo Nacional se vio en la necesidad de adoptar una serie de medidas extraordinarias tendientes a asegurar el normal funcionamiento de la economía, sostener el nivel de actividad y empleo y proteger a los consumidores".

Estas medias buscan "fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real", agregó el DNU.

A comienzos de noviembre del 2017, y luego de medio siglo de vigencia del sistema, el Gobierno había eliminado la obligación de liquidar en el mercado de cambios las divisas provenientes de exportaciones de bienes, servicios y materias primas.

Así lo había dispuesto mediante el decreto 893/2017, que llevaba las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el entonces ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.

Desde enero del 2017 y hasta noviembre, el plazo máximo para liquidar divisas era de 10 años, luego de que el Gobierno previamente extendiera el plazo de 30 días a cinco años en los primeros meses de 2016.

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