La Justicia rechazó el amparo colectivo que buscaba suspender el aumento de jubilaciones por decreto

La jueza entendió que los recursos deberán presentarse individualmente, para que la Justicia falle por cada uno de ellos. El defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, está preparando la apelación. 

La jueza federal de la Seguridad Social, Silvia Saino, rechazó esta mañana el amparo colectivo presentado por el defensor de la Tercera Edad Eugenio Semino para que se deje sin efecto el aumento a las jubilaciones que anunció el Gobierno días atrás.

El amparo, que llevaba la firma de cerca de 7 mil jubilados, para que se declarre inconstitucional el ajuste en el cálculo previsional fue rechazado por la magistrada, quien entendió que no hay unicidad en el reclamo, y los recursos deberán presentarse individualmente, para que la Justicia falle por cada uno de ellos.

Tras conocerse la noticia, el defensor de la Tercera Edad confirmó que apelará el fallo que rechazó el amparo colectivo presentado a la Justicia contra el decreto que suspende la fórmula jubilatoria anterior durante seis meses. 

En declaraciones al canal Todo Noticias, Semino confirmó que está "preparando la apelación del fallo, y si no hay respuesta positiva iremos a la Corte Suprema"

El amparo colectivo fue auspiciado por Semino en resguardo de los ingresos de unos dos millones de afectados que, según el fallo, deberán presentarse para que la justicia falle en cada uno de los casos.

En este sentido, Semino subrayó: "Siete mil adhirieron inicialmente pero siguen llegando adhesiones, y además se están haciendo reclamos colectivos en provincias también".

En tanto, Semino señaló que la intención del amparo colectivo es que una eventual medida que revierte el decreto firmado por el presidente Alberto Fernández "sea para todo el sector afectado"

Los argumentos

Entre las argumentaciones que dio sobre su planteo de inconstitucionalidad comentó que al suspenderse la ley, "no quedan suspendidos sus efectos, que son derechos adquiridos de los jubilados".

Además, el gerontólogo había argumentado: "Tampoco es dable segmentar por categoría, porque la movilidad parte de una garantía constitucional que está establecida en el artículo 14 bis, sobre lo que son las actualizaciones de los beneficios de la seguridad social". Y se encargó de resaltar que en ninguna parte de la Constitución dice que esos derechos están segmentados conforme ingresos o "ni a cualquier otra característica".

Semino también hizo alusión al Pacto de San José de Costa Rica y recordó que la Argentina forma parte de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Y subrayó que esa convención, en su artículo 26, "establece que los Estados tratantes se comprometen a la no regresividad de los derechos de las personas mayores".

Tras la decisión anunciada por la Rosada, los jubilados que cobran la mínima recibirán un aumento trimestral del 12,96%, pasando sus haberes de $ 14.067 a $ 15.891. En cambio, quienes peciben más de $ 20.000, la suba será de 9,80% y para aquellos que cobran $ 30.000 o más, del 7,30%.

Ante el argumento del Gobierno de que la iniciativa implica una "redistribución", Semino consideró una redistribución "implica el consentimiento de quien va a tener una merma y esto es compulsivo".

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