PAGABA M S TASA POR SER GRAN EMPRESA

La Corte le dio un paraguas a Chevron contra Neuquén

La Corte Suprema de Justicia otorgó una medida cautelar a Chevron en su pelea contra Neuquén. Así impidió que la provincia siga cobrando a la petrolera el Impuesto sobre los Ingresos Brutos con una alícuota superior por tratarse de una empresa grande.

La provincia de Neuquén intentaba cobrar una tasa de 3,5% a la empresa, por haber superado los $ 100 millones de facturación el año anterior. Si la compañía no hubiera superado esa cifra, le hubiera correspondiendo pagar el 3% de alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, recordó Ezequiel Passarelli, de SCI Group.

Esto es habitual entre las provincias, las que aplican tasas más altas a las empresas más grandes, tomando como base la facturación del año anterior, alertó Passarelli.

Por ejemplo, la ciudad de Buenos Aires exime del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las industrias que facturen hasta $ 97,5 millones. Y, a las que superen esa facturación, les aplica la tasa de 1,5% sobre el total de lo que facturen, y no sobre el excedente.

En el caso de los comercios, los que facturan hasta $ 13 millones pagan una tasa de 3%. Los que facturan entre $ 13 millones y $ 71,5 millones, 4%. Y los que facturan más de $ 71,5 millones, tributan 5%.

En la provincia de Buenos Aires, los comercios pagan 2,5% hasta $ 2 millones . De $ 2 a $ 52 millones, 3,5%. Y, cuando superan los $ 52 millones tributan a la alícuota de 5%.

En la causa, Chevron promovió una acción declarativa de certeza y solicitó una medida cautelar contra Neuquén, a fin de que se declare la inconstitucionalidad de la ley provincial en cuanto establece una alícuota diferencial del 3,5% por haber superado los $ 100 millones de facturación.

La Corte por mayoría, pero con en el voto en disidencia de Horacio Rosatti, le otorgó a la empresa una medida cautelar a los fines de que se le ordene a la provincia del Neuquén que se abstenga de exigirle judicial o administrativamente el pago de cualquier diferencia que derive de la aplicación de la alícuota incrementada, así como de sustanciar sumarios, aplicar sanciones y exigir su cobro, puntualizó Passarelli.

Pero el máximo tribunal no entró en la discusión sobre el fondo de la cuestión todavía. Por el momento, la Corte solamente le otorgó un "paraguas" protector a la empresa, hasta tanto se resuelva definitivamente el conflicto en la Justicia, advirtió Passarelli.

En octubre de 2017, la Corte ya puso un límite muy grande a las provincias, que terminó desencadenando la firma de la Ley de Consenso Fiscal , a raíz del dictado de las sentencias Bayer, y Harriet & Donnelly, que declararon la inconstitucionalidad de las leyes provinciales en cuanto imponían alícuotas más altas a las empresas que no estaban establecidas en sus jurisdicciones, enfatizó el especialista.

Se trata de los casos de aduanas interiores, que la Corte terminó eliminando, al declarar su inconstitucionalidad.

Esta nueva medida cautelar otorgada por la Corte pone de resalto otro tema controvertido, a raíz del cual las empresas pagan hasta un 100% más de impuesto, por pasar cierto límite de facturación.

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