POR UNA EVENTUAL DIFERENCIA SE ABONAR N INTERÉS

Ganancias: aunque se tributará primero y se declarará después, se podrá usar el plan de pagos

La AFIP dio precisiones sobre cómo quedan los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales después de la prórroga. Se entrará al plan de pagos por Mis Facilidades

La última prórroga de la AFIP para la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de personas humanas no movió las fechas de pagos, momento en que se abonará una cifra que no siempre coincidirá con el monto final que surja de la documentación. A pesar de eso, la AFIP informó en reuniones de consejo consultivo con representantes gremiales de contadores que permitirá que esas cifras aproximadas, en lo que hace al tributo a la renta, se paguen con los planes de pagos de hasta 4 cuotas que rigen desde este año.

Por otra parte, lo que se pague de menos entre el viernes 23 y el miércoles 28 próximos deberá abonarse con intereses después de la presentación de la declaración jurada, que vencerá hasta el 14 de julio inclusive.
O sea que el plan de pagos se puede presentar desde Mis Facilidades sin presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias.

En cambio, cuando por ejemplo haya crédito fiscal a favor en el Impuesto sobre los Bienes Personales, lo que permitiría no pagar o abonar menos Impuesto a las Ganancias, esa compensación no puede hacerse hasta que se presente la declaración jurada. Por lo tanto, un curso a seguir es no pagar entre el 23 y 28, y esperar a compensar el 14 de julio sumando los intereses por pago extemporáneo.

Asimismo, también fue postergado por una semana el primer anticipo de impuestos del año 2017. Vencía entre el 13 y el 17 de julio y ahora lo hará entre el 19 y el 21 del mes próximo.

Estas novedades valen para los profesionales y trabajadores independientes, y las personas humanas con acciones y participaciones en sociedades, ya que este año se reunieron en junio todos los vencimientos que habitualmente caían en marzo y abril, a fin de dar espacio a quienes ingresaron al blanqueo para que incluyan todos los bienes blanqueados y las rentas que generaron en sus declaraciones juradas.

Para controlar mejor a ese segmento se estableció que deben hacer la declaración del Impuesto sobre los Bienes Personales vía web, pero los aplicativos tienen muchos inconvenientes, y los funcionarios de la AFIP no dieron una fecha para su corrección a los representantes de los contadores con quienes se reunieron ayer.
Hace unos días la AFIP estableció nuevas pautas en los planes de pago para las declaraciones juradas anuales de personas humanas, por las que tendrán más cuotas quienes sean contribuyentes más confiables y deberán pagar en efectivo aquellos a los se asocie con un alto riesgo de evasión.

El régimen se basa en el Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) de una persona o empresa. Esta norma deja sin efecto el viejo sistema conocido como el "plan de las tres cuotas", vigente desde 2001, que se solía presentar junto al aplicativo de la declaración jurada anual, y agrega la posibilidad de una cuota más para los contribuyentes con un excelente comportamiento fiscal.

Cada individuo o empresa tendrá una categoría según lo cerca que se lo considere de una potencial evasión impositiva. Y según ese ranking, tendrá más o menos cuotas, como sigue:

A: muy bajo riesgo. Anticipo del 25% y hasta 3 cuotas.

B: riesgo bajo, 35% anticipo y hasta 2 cuotas.

C o riesgo medio, contribuyentes con una antigüedad menor a 6 meses a causa del inicio o reinicio de actividades. Anticipo de 50% anticipo y hasta 1 cuota.

D: alto riesgo, también tendrá un anticipo de 50% y hasta 1 cuota.

E: riesgo muy alto. Deberá pagar al contado.

Temas relacionados
Más noticias de Impuesto a las Ganancias

Las más leídas de Economía y Política

Destacadas de hoy

Noticias de tu interés