Flexibilizan pago de multas a empresas por incumplimientos con aportes de sus trabajadores

Lo resolvió el Ministerio de la Producción a través de la Resolución 583/2019

El Gobierno fijó condiciones más flexibles para que las empresas que hayan incumplido con sus obligaciones laborales, de aportes patronales, afronten el pago de las multas determinadas por la Justicia, sin afectar el proceso de producción de las mismas.

Así lo resolvió a través de la Resolución 583/2019 del Ministerio de Producción y el Trabajo, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La norma explica en sus considerando que "resulta necesario adoptar todas aquellas medidas tendientes a facilitar la regularización de las empresas infractoras" sin que ello suponga "un menoscabo patrimonial al Estado, ante la eventualidad de que los intereses impuestos a las multas las transformen en acreencias incobrables".

Por ello, considera pertinente modificar el artículo 3° de la Resolución 302/2006 del Ministerio de Trabajo que establecía el sistema de cálculo de las multas.

De esta forma, la nueva norma dispone que "no se computarán intereses entre la fecha de presentación fehaciente de la solicitud de pago en cuotas y la fecha del acto administrativo que autorice el pago bajo dicha modalidad".

Además, señala que por los períodos posteriores a la fecha de autorización del pago de la multa en cuotas y hasta la última fijada "se aplicará idéntico interés vigente al momento del otorgamiento del plan, el que integrará la suma debida por el infractor".

El interés accesorio tomará como referencia la tasa activa fijada por el Banco Nación, de conformidad con lo resuelto mediante el acta de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, vigente a la fecha del otorgamiento del plan.

La resolución concluye estableciendo que "la falta de pago de cualquiera de las cuotas importará la mora automática, sin necesidad de interpelación previa y la caducidad de los plazos otorgados en el plan de pago y hará inmediatamente exigible el saldo adeudado más sus intereses".

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