Extinción de dominio: ¿qué es y cómo se puede aplicar el DNU?

El Gobierno impulsará, a través de DNU un proyecto para que el Estado pueda recuperar  bienes y fondos obtenidos de forma ilegal. De qué se trata esta figura. 

El presidente Mauricio Macri sacará por DNU una ley de extinción de dominio. El anuncio oficial lo hizo esta tarde, desde el Salón Blanco de la Casa Rosada. Así, el Ejecutivo avanzará con una medida que había quedado trunca en el Congreso el año pasado. De esta forma, el Estado contará con herramientas para recuperar fondos y bienes adquiridos de manera ilegal, y que se aplicaría en casos delitos federales

Luego de las idas y vueltas que tuvo el proyecto de ley de extinción de dominio, Cambiemos decidió avanzar por su cuenta con este tema y, según pudo saber este medio, anunciará esta tarde la puesta en marcha esta ley, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNI).  

¿Qué es la extinción de dominio? Se trata de un mecanismo a través del cual el Estado logra recuperar fondos y bienes que fueron obtenidos de manera ilegal a través de delitos complejos como lavado de dinero, narcotráfico o corrupción

Si bien es cierto que en el Código Penal argentino existe el "decomiso", esta figura suele aplicarse una vez que la persona fue condenada. Mientras que, con la extinción de dominio, el Estado podría recuperar los bienes o fondos antes de que exista una condena.

De esta forma, alcanza con que un juez determine que los bienes o fondos en cuestión está vinculados con algún delito, y quedan en manos de la justicia civil, y no penal, como les tocaría afrontar a los acusados. Todo esto agilizaría los procesos

Contrapuntos en el Congreso

A mediados del año pasado, el Senado le había dado media sanción, con modificaciones, al proyecto que había sido aprobado, dos años atrás, por la Cámara Baja. Así, Diputados debía enfrentar una disyuntiva, que jamás resolvió

Es que, mientras que el oficialismo y el espacio que lidera Sergio Massa buscaba insistir con el proyecto original, el bloque Justicialista se mostraba más alineado con la bancada homónima del Senado que impulsó el texto aprobado. 

El principal cuestionamiento hacia el proyecto aprobado en 2016 tenía que ver con que el proceso para concretar el decomiso sería iniciado por un fiscal a la par de la causa penal. Así, quedaba en manos del fuero Civil y Comercial Federal la recuperación de los bienes o fondos.

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De acuerdo al texto aprobado en Diputados, sin que haya existido condena, se revertía la carga de la prueba. Esto implica que una persona acusada no era inocente hasta que se demostrara lo contrario, tal como establece la Constitución Nacional, sino que se veía en la obligación de justificar su patrimonio.

El proyecto que recibió media sanción en la Cámara alta había obtenido 40 votos a favor y 26 en contra, por lo que no alcanzó los dos tercios necesarios. Esto le habilitaba a los miembros de la Cámara Baja insistir con el texto original, que habían votado en 2016.

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