La Corte Suprema frenó el aumento de tarifas de gas para usuarios residenciales

Las mismas deben retrotraerse a los niveles previos al aumento aplicado por el Gobierno. La decisión mantiene la tarifa social y remarca la obligatoriedad de realizar audiencias públicas. Fue por fallo unánime.

La Corte Suprema de Justicia frenó con un fallo unánime el aumento de tarifas de gas para los usuarios residenciales, no para empresas ni personas jurídicas.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton  de Nolasco, Juan Maqueda y Horacio Rossati firmaron la sentencia que alcanza sólo a usuarios residenciales porque fueron quienes llevaron adelante las demandas contra el Estado.

 

La decisión confirma la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y ordena que las tarifas deben retrotraerse a los niveles previos al aumento aplicado por el Gobierno y mantiene la tarifa social.

La Corte remarcó que "el cumplimiento de la audiencia pública es obligatoria", paso que obvió el Gobierno al tomar la medida.

Tras difundirse el fallo, los jueces mantuvieron un encuentra con periodistas acreditados en el que precisaron que los clientes residenciales representan al 26% de los clientes, por lo que el 74% restante si estará alcanzado por las subas.

Sin embargo, no se descarta que los mismos, entre ellos empresas y fábricas, realicen presentaciones ante la Justicia para frenar el aumento.

El documento de la Corte determina que "la audiencia pública previa es un requisito esencial para la adopción de decisiones en materia de tarifas" y está fundamentada en el artículo 42 de la Constitución, que prevé la participación de los usuarios en los servicios públicos, la democracia republicana, el derecho a la información y la ley 24076 aplicable al caso.

En tanto, en una ampliación de los fundamentos, el juez Maqueda remarcó que "la participación de los usuarios de un servicio público no se satisface con la mera notificación de una tarifa ya establecida, porque la Constitución garantiza la participación ciudadana previa en instancias públicas de discusión y debate, y ese aporte debe ser ponderado por el Poder Ejecutivo cuando fija el precio del servicio".

"Todos los usuarios tienen derecho a recibir de parte del Estado información adecuada, veraz e imparcial en forma previa a la realización de las audiencias. La segunda condición está dada por la celebración de este espacio de deliberación entre todos los sectores interesados, con un ordenamiento apropiado que permita el intercambio responsable de ideas en igualdad de condiciones", agregó.

 

Ayer, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictamicó en contra del tarifazo del gas y remarcó que el Ejecutivo no llevó a cabo dichas audiencias.

Hace un mes, el alto tribunal había pedido al Gobierno un detallado informe con las razones y las formas en que el Ejecutivo había llevado adelante la suba de tarifas.

 

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