El Gobierno definió pautas para la ejecución de proyectos con financiamiento externo

Además estableció un Procedimiento Transparente de Consulta para las iniciativas de participación público-privada cuyo monto estimado sea superior al 1 ‰ (uno por mil) del presupuesto anual de inversión pública nacional.

El Gobierno definió hoy criterios de "coordinación y homogeneización de pautas" para la "ejecución y administración" de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral y bilateral, así como también de las iniciativas de participación público-privada.

La medida que tiene como finalidad "mejorar los niveles de eficiencia, eficacia y calidad en la programación, gestión y negociación", centraliza la ejecución y gestión operativa en las Subsecretarías de Coordinación Administrativa de cada área, que a su vez reportará a la Secretaría de Coordinación Interministerial de la Jefatura de Gabinete.

La decisión se tomó a través de un decreto publicado este martes en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Finanzas, Luis Caputo.

La medida busca "mejorar los niveles de eficiencia, eficacia y calidad" en la gestión de los proyectos.

La normativa estipula que "la planificación, monitoreo y auditoría de dichos programas y proyectos, recaerán en las Subsecretarías de Coordinación Administrativa o equivalentes, según corresponda".

Además, establece que los organismos de la Administración Pública Nacional alcanzados por el decreto, deberán presentar para su aprobación por parte de la Secretaría de Coordinación Interministerial de la Jefatura de Gabinete, "el plan de reestructuración orgánica funcional y de traspaso de competencias y de transferencia de los trámites y procesos de soporte administrativo de los proyectos a las Subsecretarías de Coordinación Administrativa o a las áreas equivalentes".

Finalmente, la Casa Rosada dispuso que el Ministerio de Finanzas "gestione ante los organismos internacionales de crédito las adecuaciones normativas o contractuales que pudieren resultar necesarias para la implementación de la presente medida".

 
Procedimiento Transparente de Consulta

Por otra parte, a través del Decreto 944 el Gobierno dispuso que cuando la complejidad de un proyecto o su monto de inversión los justifiquen, previo al llamado a licitación, la Autoridad Convocante podrá someterlo al Procedimiento Transparente de Consulta.

Para ello convocará, en articulación con la Subsecretaría de Participación Público Privada,  a "interesados precalificados" (especialistas o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales) a brindar su opinión sobre el proyecto para el desarrollo y definición de la solución más conveniente al interés público involucrado en el proyecto. 

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