AFIP Y ANSES RATIFICARON CONDICIóN DE POBREZA PARA MORATORIA ANTERIOR A 1993

Con una nueva y polémica moratoria, la ANSeS busca frenar una ola de amparos

Aclara que los hombres sólo acceden a las moratorias si tienen hoy 79 años. Y ratifica que las mujeres cuentan con tres años más por la brecha entre edad jubilatoria y PUAM

ANSeS junto con AFIP reglamentaron tres artículos de la ley de Reparación Histórica que ratifican que las mujeres podrán acceder a la moratoria previsional por los años posteriores a 1993 hasta julio de 2019 y que a los regímenes de regularización que compran años anteriores a 1993 sólo se puede acceder bajo condiciones de pobreza.

Pero principalmente aclara a los jueces la situación de los hombres, ante la proliferación de amparos que no los limitaba temporalmente para acceder a las moratorias: que sólo los varones que cumplan hoy 79 años podrán acceder a las moratorias, es decir, casi nadie, en vez de obtener la pensión universal por adulto mayor (PUAM).

El Gobierno busca que la PUAM que consiste en un 80% el haber mínimo para los mayores de 65 años que no cuenten con 30 años de aportes, reemplace a las moratorias previsionales que se abrieron durante el kirchnerismo.

La reglamentación se produce 18 meses después de la sanción de la ley 27.260. Fue durante ese debate que el Frente Renovador pidió que los hombres contaran con un año de gracia, prorrogable por otro año. Pero la resolución 4222 no cumple con ese compromiso, según denuncian esos diputados.

Sólo los hombres que hayan cumplido 65 años en 2004, de acuerdo al artículo 6´ de la ley 25.994, lo que equivale a 79 años de hoy, podrán acceder a la moratoria previsional.

"No hay un solo caso que cumpla con estas condiciones y no esté jubilado hace años", dijo el abogado Adrián Tróccoli, uno de los letrados que presentó amparos.

El texto de la ley era confuso, ya que para los hombres restablecía la vigencia del artículo 6´ de la ley 25.994 (moratoria) y el decreto 1454/05 por un año, prorrogable por otro más.

"Con la ley, AFIP entendió que no debía hacer nada para concretar el acceso de los varones al beneficio de la moratoria. Ahora, y frente a la orden de la Justicia, ANSeS y AFIP emitieron una reglamentación que es contraria al espíritu de la ley", dijo Tróccoli. "Esta resolución abre la puerta a que los que cumplan con la edad ahora y no hasta septiembre de 2017 puedan reclamar este derecho en tribunales", agregó.

La medida afecta a los hombres que no cuentan con los años de aportes suficientes.

"Nunca vi algo tan maquiavélico a la hora de dar derechos", dijo la diputada Mirta Tundis, del Frente Renovador, al que sorprendió la reglamentación porque había acordado que el cumplimiento de la edad era a julio de 2017, un año después de la sanción, con posibilidad de prórroga por un año.

"No dieron prórroga porque nos les interesaba. Al haber tantos amparos tenían que dar marco legal y lo dieron diciendo que los hombres vayan a la PUAM. Les permite seguir trabajando para completar aportes porque no sirve para mejorar haberes, pero ninguna persona de 65 años sigue trabajando en forma blanqueada, y no le da derecho a la viuda al fallecer".

La norma también extiende la moratoria prevista por la ley 26.970 de las mujeres por tres años, desde el 23 de julio de 2016 al 23 de julio de 2019, por la brecha que existe entre la edad jubilatoria (60 años) y la necesaria para acceder a la PUAM.

Tanto el derecho de la moratoria para los hombres como para las mujeres culmina cuando la comisión de Sustentabilidad provea de un proyecto de reforma previsional.

"La reglamentación aclara la situación para los hombres y ratifica que las moratorias están heridas de muerte", dijo la abogada Andrea Falcone. "Ratifica que las mujeres se jubilan con moratoria que vence en julio de 2019 y que la moratoria de la 24.476 no muere pero requiere la condición de vulnerabilidad social", agregó.

La norma reglamenta que quienes soliciten acceso a la moratoria prevista por la ley 24.476, que cubre períodos anteriores a septiembre de 1993, deberán "cumplir con la evaluación patrimonial y socioeconómica ante el Organismo Previsional", según las resoluciones 3673 (AFIP) y 533 (ANSeS).

Finalmente, actualiza esas cuotas de moratoria conforme a la ley de movilidad jubilatoria, lo que implica 28 años de atraso, porque se usan valores de junio de 1994.

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