Bajaron del juzgado electoral de La Plata al juez que habían confirmado hace dos semanas

Recondo declaró “inconstitucional el nombramiento de Culotta.

En una historia en la que se suceden los “por ahora , la última novedad indica que el juez federal de Tres de Febrero Juan Manuel Culotta no asumirá al frente del estratégico juzgado electoral 1 de La Plata, ya que el juez Alberto Osvaldo Recondo, titular del Juzgado Federal 4 de la capital bonaerense, declaró inconstitucional su nombramiento.

Hace apenas dos semanas, la Cámara Federal platense le había abierto las puertas a que asumiera como juez electoral de Buenos Aires al hacer lugar a una presentación del Consejo de la Magistratura que cuestionaba un fallo de Recondo del 7 de abril que suspendía esa designación.

En ese fallo que dejaba a Culotta asumir como subrogante del juzgado que tiene a cargo los comicios legislativos de la provincia de Buenos Aires, el distrito de mayor peso electoral del país, el tribunal integrado por los jueces Julio Reboredo, Carlos Compaired y Roberto Lemos Arias, habían concedido concedió con efecto suspensivo la apelación de la medida cautelar que había frenado su designación por parte del Consejo de la Magistratura.

Pero Recondo, otra vez a cargo de la causa, declaró ahora inconstitucional el nombramiento en un fallo en el que destacó, entre otras cosas, “que el Consejo de la Magistratura de la Nación no posee atribuciones legales para crear Juzgados o dividir la competencia de los existentes .

El fallo de Recondo subraya que “a los fines de impedir la discrecionalidad en las decisiones y garantizar el principio constitucional del ‘Juez natural’, la atribución de las subrogancias debe quedar explicitada de manera previa y objetiva y  que “son los jueces de primera instancia más cercanos en la jurisdicción (…) los llamados a subrogar, en ‘el orden de nómina de los tribunales -número- para aquellas jurisdicciones territoriales en donde tenga asiento más de un tribunal con la misma competencia en razón de la materia y grado’ .

Fuente: Cetro de Información Judicial y Cronista.com

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