ANSeS endurecerá las condiciones para pagar sus prestaciones

Al fijar los requisitos para cobrar la PUAM, podría recortar al 50% el nivel de ingresos que usa hoy para definir una persona vulnerable en la moratoria de la ley 26.970

En la reglamentación de las nuevas condiciones de vulnerabilidad para poder cobrar la Prestación Universal por Adulto Mayor (PUAM), la Anses está evaluando poner parámetros más exigentes de los hoy vigentes en sus análisis socioeconómicos para pagar las prestaciones.

Si bien la PUAM fue creada en 2016 como una prestación universal para reemplazar a las moratorias previsionales y como un primer pilar jubilatorio, se otorgará desde este año, según lo sancionado en la ley de Presupuesto, a aquellas personas que cumplen determinadas condiciones de vulnerabilidad y que no trabajan en relación de dependencia ni por cuenta propia.

A la hora de fijar esas condiciones, ANSeS podría recortar a un 50% el parámetro de ingresos para que una persona se considere vulnerable, y que hoy aplica para el otorgamiento de la moratoria de la ley 26.970. Entiende que los valores de ingresos que quedaron definidos en esa moratoria, y que se fueron actualizando por la fórmula de movilidad, no condicen con la realidad de una persona que hoy necesita de la asistencia de un subsidio del Estado.

Según pudo saber este diario, para poder ser acreedor a la PUAM y a la moratoria, las personas no deberán haber percibido ingresos brutos cuyo promedio supere el 50% de los requeridos para el cobro de las asignaciones familiar por hijo (hoy el total alcanza $ 41.959 bruto mensual) en los últimos doce meses anteriores a la fecha de la evaluación.

Hoy para tener acceso se considera el 100% de esos ingresos.

En tanto, el patrimonio declarado en las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales no debe superar cuatro veces el importe anualizado previsto en la condición de ingresos.

Que los automóviles declarados en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor no supere 1,5 veces el importe anualizado del mismo ingreso.

O tampoco deberá contar con bienes informados por la Asociación Nacional de Aviación Civil ni embarcaciones de más de 9 metros de eslora informados por la Prefectura Naval.

La decisión final se conocerá en la reglamentación que se publicará en el curso de este mes. Modificará la resolución conjunta 3673 de AFIP y 533 de ANSeS, por lo que también englobará las condiciones de otorgamiento de las nuevas moratorias de la ley 26.970.

Para la PUAM, el Presupuesto de 2019 había determinado que la ANSeS "en forma previa al otorgamiento de la prestación realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos que fije la reglamentación, a fin de asegurar el acceso a las personas que presenten mayor vulnerabilidad".

En tanto, determinó la PUAM incompatible con el desempeño de cualquier actividad, excluyendo a los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social.

En la misma línea de austeridad fiscal, se exceptuó del secreto fiscal a ANSeS si pide a AFIP datos socioeconómicos o patrimoniales de los beneficiarios de prestaciones o subsidios para detectar fraudes o para definir el derecho al acceso basado en condiciones de vulnerabilidad. Ahora ambos organismos deben firmar un convenio para cruzar esa información.

En tanto, la moratoria de la ley 26.970 continúa vigente para las mujeres que cumplan la edad jubilatoria (60 años, y menores de 65 años) y para los hombres que hayan cumplido la edad jubilatoria antes del vencimiento de la ley (18/09/16). Los períodos a incluir van desde enero de 1955 a diciembre de 2003 y desde los 18 años de edad. La deuda podrá cancelarse al contado o en 60 cuotas.

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