Ganancias y Bienes Personales: tributaristas proponen una prórroga para fines de agosto y sumar otro anticipo

Especialistas impositivos consideran que la AFIP debería aplazar un mes el vencimiento de fines de julio debido a la profundización de la recesión y los problemas operativos para elaborar las declaraciones juradas. Para amortiguar el golpe en la recaudación, proponen dejar un sexto anticipo para este mes.

A dos semanas del plazo de presentación de declaraciones juradas y el pago anual de Ganancias y Bienes Personales para personas humanas, tributaristas y contadores proponen una prórroga del vencimiento hasta fines de agosto y agregar un anticipo para amortiguar la merma que significaría en términos recaudatorios para los ingresos impositivos de este séptimo mes.

El vencimiento de ambos impuestos originalmente estaba previsto para mediados de junio, como todos los años, pero por la cuarentena y el desplome de la actividad la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogar el plazo hasta la última semana de julio en busca de un alivio para los contribuyentes.

De esta manera, los vencimientos operan entre el 27 y el 29 de julio, según la terminación del número de CUIL, pero contadores y especialistas impositivos sugieren estirar más la fecha límite.

Tal es así que la semana pasada, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires envió una serie de iniciativas a la AFIP, entre las que destacó la reprogramación de los vencimientos para la presentación de declaraciones juradas de Ganancias y de Bienes Personales.

En ese sentido, tributaristas coincidieron con la iniciativa y proponen postergar el plazo hasta fines de agosto, tanto por motivos económicos de los contribuyentes como por los apremios operativos para elaborar las declaraciones y presentar la información. Para aminorar el golpe en la recaudación, sugieren un nuevo anticipo de Ganancias en julio. 

 

 

"Una alternativa podría ser incorporar un sexto anticipo para personas humanas que vence en julio y prorrogar a fin de agosto la presentación de las declaraciones juradas. Tiene un impacto recaudatorio, pero hay mucha gente a la que le está yendo mal así que tampoco va a poder pagar en julio. No se debería exigir lo que es muy difícil de cumplir", explicó Sebastián Domínguez a El Cronista.

Los anticipos son importes a cuenta que debe cumplir el contribuyente exigibles hasta la fecha de presentación de la respectiva declaración jurada. Estos pagos se descuentan del monto determinado al momento de su vencimiento. Para Ganancias, son cinco cada año: en agosto, en octubre, en diciembre, en febrero y en abril.

Los primeros tres son en el año calendario del período fiscal, mientras que los últimos dos son del año siguiente. La iniciativa contempla añadir un sexto en julio. Cada uno debe ser de al menos de $ 1000 para personas humanas y sucesiones indivisas.

Ezequiel Passarelli remarcó que en los últimos años se prorrogó el vencimiento para el pago pero no para la presentación de la declaración jurada y consideró que el plazo para el suministro de la información también debería postergarse.

"En los últimos años, tuvimos prórrogas que no fueron prórrogas, porque se prorrogaba el vencimiento para el Pago, pero no para la presentación de la Declaración Jurada. Era lo mismo que nada. Por eso es que me parece muy interesante la idea de prorrogar el vencimiento, pero creando algún anticipo adicional, para que esto no termine afectando la recaudación, ya severamente afectada por la caída de la actividad", indicó Passarelli. 

Y agregó: "Esta gestión de la AFIP ya prorrogó el vencimiento de las declaraciones juradas casi un mes y medio con bastante tiempo, obviamente considerando toda la carga adicional de trabajo que tuvimos durante la pandemia. Por lo cual, si bien seguimos trabajando para tratar de llegar, hay que ser optimista en que pueda darse una nueva prórroga."

 

 

  Pago a cuenta sin Siper

Este lunes, la AFIP determinó que aquellos contribuyentes de Ganancias decidan ingresar al plan de pagos de estos vencimientos no serán alcanzados por el Sistema de Perfil de Riesgo (Siper), por lo que todos podrán abonar un pago a cuenta de 25% y financiar el resto en tres cuotas mensuales y consecutivas en los meses siguientes.

El Siper es un sistema informático de calificación que realiza procesos que evalúa mensualmente el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales. Entre otras cosas, analiza si el contribuyente incumplió pagos tributarios, no abonó cuotas en planes de facilidades, no presentó declaraciones juradas, no constituyó su domicilio fiscal electrónico, tiene causas judiciales o atraviesa concursos o quiebras. 

A partir de estos factores, el sistema genera una calificación. Cuanto mejor es la nota, mejores condiciones para financiar el pago tributario. La medida ya había sido tomada en mayo hasta el 30 de junio, pero ahora el Fisco volvió a aplicarla hasta el 31 de agosto.

 

 

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