LOS INGRESOS QUE INFORMA AFIP NO SIEMPRE COINCIDEN

Hoy, última oportunidad para la recategorización en el monotributo

Los monotributistas tienen plazo hasta hoy para cumplir con la recategorización en el que caso de que la facturación supere los límites de la actual categoría. Es importante que el contribuyente no se confíe en los datos que da la AFIP al respecto, porque pueden ser hasta un tercio de los ingresos anuales reales, y si luego el organismo recaudador detecta su propio error y recategoriza de oficio al contribuyente, esto tiene costos.

A partir de la Reforma Tributaria, las recategorizaciones del Monotributo son semestrales, por lo que hoy vence el plazo para realizar la correspondiente al semestre enero-junio.

Para saber si hay que recategorizarse, se deben calcular los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad en los 12 meses inmediatos anteriores.

Una vez que se informa esos datos a la AFIP en la página o app del celular "Mi Monotributo", el contribuyente va a quedar encuadrado automáticamente en la nueva categoría.

El pago que debe realizarse hoy, correspondiente a julio todavía se hará con la vieja categoría, ya que la nueva empieza a regir para agosto.

No recategorizarse o hacerlo en forma inexacta es arriesgarse a que la AFIP lo detecte con sus controles informáticos y recategorice de oficio.

Esa medida será informada al monotributista en el domicilio fiscal electrónico, y el listado de contribuyentes recategorizados de oficio se publicará en el Boletín Oficial.

Los parámetros a considerar para para la recategorización de oficio serán la adquisición de bienes, los gastos realizados de índole personal o las acreditaciones bancarias, por un valor que supere el importe de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se está encuadrado.

La nueva categoría a asignar será la que corresponda al importe de ingresos anuales resultante de la sumatoria entre el monto de los bienes adquiridos y los gastos de índole personal realizados o de las acreditaciones bancarias detectadas más 20% o 30% de dicho valor, según se trate la actividad del pequeño contribuyente de locación y/o prestación de servicios o de venta de cosas muebles, respectivamente.

Quienes sufran esta situación podrán consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva a través del servicio "Monotributo Recategorización de oficio", en la página web de la AFIP, utilizando su clave fiscal. La citada recategorización podrá ser objeto de recurso de apelación dentro de los 15 días de la fecha de publicación del listado.

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