ESPERAN EFECTO DESALIENTO A LA ESPECULACIÓN INMOBILIARIA

Eliminan el ITI en inmuebles pero gravan las ganancias por la venta de segunda propiedad

La controvertida reforma impactará en el mercado inmobiliario, al eliminar un tributo recurrente por otro de 15% para las ganancias de capital en las compra venta

El proyecto del Gobierno busca eliminar el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles del 1,5% que rige hasta ahora para la venta de viviendas que no sean casa-habitación, y reemplazarlo por un Impuesto a las Ganancias del 15% sobre la renta de capital que se genera por la venta de "la segunda casa".

Las ganancias por venta de inmuebles y otros derechos realizada por personas humanas no habitualistas resultarán alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias, anunció ayer el ministro de Economía, Nicolás Dujovne.

Guillermo Pérez, de GNP Consultores, explicó que en el caso de las viviendas usadas, todo dependerá de cuánto se revalorice el mercado respecto de la inflación. Porque el ITI es 1,5% del precio total de la venta, y el Impuesto a las Ganancias se aplicará sobre la diferencia entre el precio de compra y el de venta.

Es que se aplicará la alícuota reducida del 15% sobre la ganancia de capital que se obtenga respecto del costo actualizado del bien. O sea, se admitirá el ajuste por inflación del costo del inmueble.

No aplicará el gravamen para la transferencia de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente.

Por otra parte, se cobrará este impuesto sólo sobre la venta de inmuebles adquiridos a partir de la vigencia de la ley.

Para Dujovne, esta medida facilitará el acceso a la vivienda, mejorará la equidad del sistema tributario y fomentará la formalización de la actividad

Sin embargo, Marcelo Rodríguez, de MR Consultores dijo que la medida modifica un principio muy fuerte que es que las personas humanas no pagan por las rentas de capital, como si lo hacen las empresas, salvo por excepción.

"La iniciativa busca alcanzar una manifestación concreta de capacidad contributiva que efectivamente existe. Pero, por otra parte, "puede ocurrir que los vendedores tiendan a subdeclarar el valor de venta y esto traiga inconsistencias cuando el comprador quiera tomar un crédito hipotecario sobre la valuación real del inmueble", explicó Rodríguez.

De todos modos, el especialista reconoció que al plantearse la comparación para viviendas compradas desde la vigencia de la reforma y con ajuste por inflación, "el impacto real no debería ser muy significativo".

La venta de la vivienda propia para comprar otra casa-habitación dentro del año, ya estaba exenta del ITI, y se debe obtener un certificado de no retención.

El ITI grava las transferencias de inmuebles ubicados en el país por parte sobre las personas físicas y sucesiones indivisas que no realizan como actividad comercial habitual la compraventa de inmuebles, y surge de aplicar el 1,5 % sobre el valor de transferencia de cada operación (monto que surge de la escritura o boleto de compraventa), y es retenido por el escribano o por el comprador, cuando no existe el anterior.

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