Vence plazo para renovar certificado pyme por fin de ejercicio en junio

Las empresas tienen hasta el 30 para la renovación y en octubre podrán hacer la solicitud de los beneficios del Régimen de Fomento, en tanto que la presentación de la declaración jurada de Ganancias que aplica los beneficios se presenta en noviembre.

Las empresas que cuenten con el certificado de micro, pequeñas y medianas empresas (mipyme) y hayan cerrado balance al 30 de junio tienen tiempo hasta el próximo día 30 para tramitar la renovación del certificado y en octubre podrán hacer la solicitud de los beneficios del Régimen de Fomento, en tanto que la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias que aplica los beneficios se presenta en noviembre.

Claudia Chiaradia, del estudio Chiaradia, Zabala & Asoc, recordó que la Resolución 38/2017 estipuló que “el Certificado Mipyme tendrá vigencia desde su emisión y hasta el último día del tercer mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de la empresa solicitante. La empresa podrá iniciar el trámite de renovación a partir del primer día de dicho mes .

En tanto Celeste Pizá, de CP Consultoría, explicó que para hacer el trámite deberá ingresar a la página de Internet de la AFIP con Clave Fiscal al servicio “Pymes Solicitud de Categorización y/o beneficios y completar el nuevo formulario 1272.

A partir de la información suministrada sobre el total de ventas anuales de los tres últimos ejercicios comerciales o períodos fiscales, de acuerdo a lo establecido por la resolución 24/01, la Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa determina un promedio para categorizar a quienes hayan solicitado este beneficio si se encuadran dentro de la categoría de pymes.

En el supuesto que esté controlada o vinculada por una sociedad constituida en el extranjero, esta deberá remitir sus últimos tres balances a la mesa de entradas del Ministerio de Producción.

Entre los principales beneficios, Pizá enumeró los siguiente:
-IVA: Pago diferido a 90 días.
-Impuesto a las Ganancias: Pago a cuenta sobre los créditos y débitos en un 100% para micro y pequeña empresa y en un 50% para medianas tramo 1 sector industria manufacturera.
-Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta: Exclusión
-Programa de Innovación Digital Pyme
Certificados de exclusión en el IVA

En el IVA también existe la posibilidad de solicitar el certificado de no retención, para lo que sólo hay que ingresar con Clave Fiscal al servicio “Certificados de Exclusión Retenciones/Percepciones del IVA y Certificados de Exclusión Percepciones del IVA - Aduana y seleccionar la 
opción “Solicitud de Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del IVA (CNR pyme)‘.

Para las microempresas, ese pedido se puede hacer cuando las declaraciones juradas de IVA arrojen un saldo de libre disponibilidad durante dos períodos fiscales consecutivos anteriores a la solicitud.

Están exceptuadas del beneficio las empresas que desarrollen actividades de la construcción y minería.

Para pequeñas y medianas empresas tramo 1: el mismo requisito para las microempresas y que además posean un saldo de libre disponibilidad en la última declaración jurada de IVA vencida a la fecha de la solicitud, equivalente como mínimo al 10 % del promedio del impuesto determinado en las declaraciones juradas de los últimos 12 períodos fiscales.

Están exceptuadas del beneficio las personas humanas que desarrollen actividades en el sector de servicios.

Pago con tarjeta

Las microempresas sector comercio están excluidas en los regímenes de retención del Impuesto a las Ganancias vigentes que actualmente se aplican sobre las operaciones realizadas con tarjetas de débito, crédito o compra por las operaciones de venta de bienes muebles que efectúen y que se encuentren alcanzadas por el beneficio de reintegro de IVA.
Inversiones

Por otra parte, existen programas de asistencia con los que se puede obtener financiamiento para la empresa.

Y si la empresa que está registrada como pyme y realiza inversiones productivas entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018 puede solicitar los beneficios del Programa de Fomento a Inversiones o Programa de Recuperación Productiva. Mediante un trámite simplificado, se brinda a los trabajadores una suma fija mensual por un plazo de doce meses o repro.

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