Automotrices deberán constituir garantías en caso de exceder el Flex con Brasil

Así lo dispuso el Ministerio de Producción, se realizarán a favor de la AFIP y podrán constituirse en efectivo, aval bancario, o seguro de caución.

El Ministerio de Producción estableció que las empresas que operan como importadoras-exportadoras en el intercambio comercial automotriz con Brasil deberán constituir garantías específicas para el caso de que se excedan en el coeficiente de desvío sobre las exportaciones anuales "Flex". 

Mediante la Resolución 535-E/2017, las garantías se constituirán a favor de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y podrán constituirse en efectivo, aval bancario, o seguro de caución.

El plazo máximo para constituirlas es de 30 días hábiles administrativos contados a partir de la echa de notificación a la empresa Importadora-Exportadora cursada por la Dirección General de Aduanas mediante el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA).

 

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