El Central publicó un nuevo “manual de normas para el mercado cambiario

Se elimina el “boleto de cambio en operaciones mayoristas, se incorpora la acreditación directa de transferencias desde el exterior y se unifican varias normas que la entidad publicó desde el año pasado.

El Banco Central publicó hoy una nuevo “manual de normas para el mercado cambiario. Uno de los objetivos principales de la nueva normativa –contenida en la Comunicación A6244- es la simplificación del mercado y la unificación en un mismo texto de diversas decisiones que la entidad fue adoptando desde el año pasado. Pero también hay novedades, como la eliminación del boleto de cambio o la incorporación de la acreditación directa para transferencias desde el exterior.

La nueva normativa –que reemplaza a toda la anterior del mercado de cambios contenida en diversas comunicaciones- entrará en vigencia el 1 de julio.

Además de los cambios en el mercado cambiario, la Comunicación establece modificaciones el la “Política de crédito . La principal es que los bancos no podrán tener “títulos valores públicos y privados del exterior, incluidos los títulos de deuda o participaciones correspondientes a carteras de activos entre los que se cuenten títulos valores del exterior, como tampoco de certificados de depósito argentinos (CEDEAR) salvo cuando se trate de “inversiones en títulos públicos externos emitidos por países miembros de la OCDE cuya deuda soberana cuente con una calificación internacional no inferior a ‘AA’ .

En cuanto al mercado cambiario, los cambios más trascendentes son:

  • se elimina el boleto de cambio para operaciones mayoristas. Se trata de documentación que la empresa tenía que presentar para realizar operaciones y que quitaba competencia al mercado, ya que dificultaba a las compañías comprar las divisas en el banco que les ofreciera mejores condiciones porque en cada uno debían presentar esos certificados;
  • se incorpora la posibilidad de acreditación directa para transferencias desde el exterior; básicamente, se saltea el paso operativo por el que el banco, antes de acreditar la transferencia, debía consultar con el cliente en qué cuenta (pesos o dólares) debía asentar el depósito;
  • se eliminan trámites para la “exportación de pesos , apuntando sobre todo al movimiento cambiario con los países limítrofes, lo que en teoría debería mejorar la hoy mala cotización que tiene el peso afuera del país, con una brecha muy ancha antre comprador y vendedor;
  • además, se vuelve a habilitar la circular que establece que el Banco Central publique en su página la cotización minorista del dólar de agencias y bancos de la Ciudad de Buenos Aires (hoy publica los datos de pizarra y electrónicos de 12 entidades con “cortes a las 11, a las 13 y a las 15).

La mayor parte del texto, reúne las normas que fue dictando el Banco Central desde diciembre de 2015, como la reciente que estableció que las entidades financieras y cambiarias podrán determinar libremente el nivel y uso de su posición general de cambios (no qué proporción tienen en moneda extranjera –eso se mantiene en el 30%- sino en qué tipos de activos y en dónde pueden tenerlos) o que las entidades financieras y cambiarias podrán operar sin límite de horario en la realización de operaciones.

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