Impuesto Global Corporativo: otra victoria de EE.UU. y un tiro en el pie del resto del mundo
Cada vez que EE.UU. decidió financiar déficit con impuestos internos o aumentar la recaudación fronteras afuera, recurrió a estas "genialidades" jurídicas de las que son víctimas los propios países con los que las suscribe.
Si el bien el pretendido "Impuesto Global Corporativo" (IGC) (15% a las ganancias de las grandes corporaciones país por país) no es nuevo, en las últimas semanas hemos asistido a un nuevo "empujón" por parte de los EE.UU. que culminó con un anuncio del G-7: "Este impuesto mínimo mundial acabará con la espiral descendente de la fiscalidad de las empresas y aportará justicia a la clase media y a los trabajadores en Estados Unidos y en todo el mundo".
Con la prudencia que requiere aguardar el previo consenso del G-20, adelantamos nuestra opinión: la primera parte del anuncio ("...a los trabajadores en EE.UU") muy probablemente se cumpla; la segunda parte ("...y en todo el mundo") definitivamente no sucederá. Ergo, quienes han celebrado este anuncio fuera de los EE.UU, se están pegando un tiro en el pie.
Veamos la razón medular de esta afirmación.
Históricamente, cada vez que EE.UU. ha decidido financiar su déficit con impuestos internos o aumentar la recaudación fronteras afuera vía tratados internacionales, ha recurrido a este tipo de "genialidades" jurídicas que terminan convirtiendo en víctimas a los propios países con los cuales suscribe dichos acuerdos.
La contrapartida de dichas "genialidades" ha sido la torpeza de gran parte del resto del mundo que no termina de aprender ni aprehender la lección en materia fiscal. La última gran cátedra dictada por EE.UU. ha sido nada menos que su propia ley FATCA, y -fronteras afuera- el sistema CRS (Common Reporting Standard) mediante el cual -se suponía- los países firmantes accederían de manera automática a la información financiera de sus respectivos contribuyentes, sin importar la localización de sus activos.
En efecto, con el propósito de evitar la evasión impositiva por parte de los denominados "US Persons" (categoría jurídica que engloba a todos aquellos que deben tributar en los EE.UU), el gobierno norteamericano impulsó allá por 2017 el denominado "intercambio de información financiera global", y para ello diseñó y posteriormente impulsó su firma a través de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos), logrando la adhesión de más de 100 países.
Todo fantástico, salvo por un detalle: el único país que no lo firmó fue EE.UU.
De esta manera, bajo CRS, el resto del mundo se reporta información entre sí "y" a los EE.UU., mientras que por imperio de la ley "estadounidense" FATCA (de esencia local pero de aplicación mundial) todas las entidades financieras del mundo deben reportar a los EE.UU cuanta información posean de los "US Persons" en dichos países, bajo apercibimiento de sanciones. Como contrapartida, EE.UU se reserva el derecho de reportar al resto de los países aquella información que el gigante mundial decida -unilateralmente- corresponda.
Sencillamente genial: todos para uno, y ese uno para sí mismo.
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Por lo expuesto, y basados en nuestros 30 años de experiencia corporativa desarrollada en diferentes países, nos atrevemos a adelantar que este nuevo IGC no escapará a la misma esencia y resultado:
1. EE.UU será el país con mayor recaudación,
2. asistiremos a escisiones corporativas "creativas" sin precedentes,
3. se fortalecerán las jurisdicciones off-shore que "vuelen bajo el radar" de los EE.UU, mientras el resto del mundo correrá detrás de la ingeniería jurídico-fiscal-financiera, tratando de entender los motivos por los cuáles el mayor torrente de recursos se concentra en dos o tres
4. se fortalecerán aún más las jurisdicciones on-shore (Delaware, Wyoming, entre otras) de los EE.UU.
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En tanto el mundo en general y los burócratas de la OCDE en particular, se empeñen en no comprender que la "competencia fiscal" es saludable para la creación de riqueza, ésta última seguirá concentrándose en pocos mercados. El Gran País del Norte ha aprendido y aprehendido este concepto desde hace décadas, y esta nueva genialidad jurídica así lo confirma.
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