Ante hechos como la desaparición de 28864 normas del ordenamiento legal nacional, que no aparecen como vigentes ni como no vigentes, el Digesto Jurídico Argentino que pretende unificar todos los códigos y leyes en un sólo cuerpo normativo mereció la crítica de distintos sectores. La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires solicitó "su derogación expresa o implícita", al considerar que está "lejos de apuntalar la seguridad jurídica elemental que debe operar en una sociedad democrática".

El Digesto es un nuevo orden de todas los códigos, leyes y decretos leyes, más algunos Decretos de Necesidad y Urgencia elegidos sin un criterio aparente, que toma todas esas normas, las divide en vigentes y no vigentes; y las renumera y clasifica con letras según las materias: la Constitución es la ley H 1 y la Ley de Contrato de Trabajo, es la P 1074.

La ley que aprobó la realización de un Digesto incluyó a los decretos reglamentarios, pero quedaron afuera, y ahora una de las críticas que se hace es que hay normas de esta categoría que podrían estar subsistiendo, mientras que las leyes que reglamentaron fueron "derogadas explícitamente, implícitamente o o no sabemos donde están", enfatizó el abogado Horacio Granero, en un Seminario organizado por eldial.com. También el constitucionalista Roberto Punte se preguntó: ¿Quedaron sin valor o sin efectos?"

"La subsistencia del margen de error, la vigencia de los decretos autónomos emitidos, la renumeración de las leyes y sus artículos con las dificultades de conocimiento que traerá aparejados, no harán más que incrementar sin justificación alguna la inseguridad jurídica que padece la sociedad argentina", subrayó la Academia.

Y luego de enumerar otras deficiencias, la Academia dijo que, en conjunto, "acarrean el riesgo de que en su oportunidad los jueces, en salvaguarda de la plena vigencia del estado de derecho, declaren la inconstitucionalidad" del Digesto, por lo que insistió en que la aplicación del Digesto "constituirá un grave error de política legislativa".

También Punte sugirió suspender la puesta en marcha del Digesto, tras comentar el problema de la vigencia. Esta sería a partir de la publicación el pasado 6 de junio, pero con la apertura de una ventana de 180 días hábiles de su publicación, que se cumplen el 16 de diciembre, para que se le hagan observaciones. Además, el procedimiento que está previsto es que la versión definitiva no se publicará en el Boletín Oficial, sino por sistemas electrónicos, luego de que lo modifique una comisión bicameral del Congreso en un plazo de 10 días, sin pasar por la votación en el recinto ni por la promulgación del Poder Ejecutivo con la posibilidad de observarlo.

Punte precisó que el Digesto proclama vigentes 3.353 normas y declara no vigentes 1.017. "Como los mismos autores dicen que se analizaron 33.234 leyes y decretos leyes, nos da un limbo 28.864 normas desaparecidas", enfatizó, y propuso que se debería hacer "por lo menos una lista de las que no aparecen".

Entre esas normas, faltan 50 regímenes jubilatorios especiales, entre ellos, el 82% móvil de los docentes, indicó Federico Despoulis Netri, especialista en derecho previsional.

En el Digesto se fusionan la Ley de Movilidad con la que crea el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), ambas fusionadas a su vez en la Ley 24.241, pero en realidad deben modificarla y no fusionarse. Entonces el especialista se pregunta ¿qué se fusiona? y ¿qué se modifica?"

"Y ¿qué pasa con las previsionales anteriores?, que si bien no están vigentes a la fecha ya que fueron modificadas, no pueden ser derogadas, ya que en la actualidad hay gente que se ha jubilado y pensionado con esta normativa. Si yo tuviera que plantear un reajuste de haberes, me podrían decir en la ANSeS que la misma se encuentra derogada, no teniendo lugar al reajuste", ejemplificó Despoulis Netri.

Un punto curioso es que en ningún lado figure el Decreto que crea la ANSeS.

Otro aspecto que despierta fuertes críticas es que dentro de la categoría de derogadas hay una subcategoría de "objeto cumplido", que no estaba prevista y que en realidad toma gran cantidad de leyes vigentes y las declara no vigentes, por un criterio que para muchos es erróneo.

Por ejemplo, leyes de colonización que dan lugar a parcelamientos; de hacer puentes, que mientras está el puente, puede resolver problemas de competencia, dijo Punte.

Pero, especialmente, todas las leyes de aprobación de tratados internacionales. El Digesto incluye 1.500 tratado pero no las leyes de ratificación de esos acuerdos, por ejemplo, el de la OIT. O la creación del Banco del Sur y de la Unasur. La creación del Himno Nacional fue incorporada a la lista de no vigentes.