La automatización suele presentarse como garantía de eficiencia y neutralidad. Una computadora no persigue contribuyentes ni decide favorecer a nadie: ejecuta instrucciones. Pero esas instrucciones fueron definidas por personas que también reciben los reclamos y pueden corregir o detener el sistema. Por eso, cuando un mecanismo automático produce cobros manifiestamente indebidos, atribuirlo todo a “lo que hizo el sistema” no explica demasiado.

El problema se ve con claridad en los regímenes provinciales de recaudación anticipada. Los fiscos incorporan contribuyentes a padrones que utilizan bancos, tarjetas y billeteras para descontar dinero de sus operaciones, en segundos y antes de que la empresa pueda demostrar cuánto impuesto realmente debía.

Mientras los importes retenidos guarden relación razonable con la obligación futura, el mecanismo es legítimo. La situación cambia cuando una provincia se lleva, de manera sostenida, varias veces el tributo que finalmente corresponde. Allí la contabilidad disimula lo que ocurre en la caja: el Estado registra un “pago a cuenta” y la empresa un “saldo a favor”, pero el dinero dejó de estar disponible; la compañía deberá usar capital propio, postergar pagos o endeudarse. Ese crédito sólo conserva valor si puede recuperarse en un plazo razonable. Cuando su absorción demandaría años, el anticipo se transforma en financiamiento obligatorio y puede acercarse a una privación definitiva.

Hasta allí hay un problema tributario, financiero y constitucional. Pero ciertas circunstancias pueden abrir, además, una pregunta penal. El Código Penal contempla las exacciones ilegales: alcanza al funcionario que, abusando de su cargo, exige o hace pagar una contribución indebida. No requiere que reciba personalmente el dinero; el cobro también puede concretarse mediante terceros, y en los sistemas actuales esos terceros pueden ser las entidades financieras que ejecutan las instrucciones del organismo recaudador. La tecnología no cambia la naturaleza del acto ni vuelve legítimo un cobro por haber sido procesado automáticamente.

No cualquier exceso permite hablar de delito: los impuestos admiten interpretaciones distintas y las administraciones también cometen errores. La cuestión cambia cuando se puede descartar la sorpresa o el mero desacierto. Importan la magnitud de la diferencia, su continuidad y la información disponible: los reclamos presentados, los pedidos de exclusión o devolución rechazados o ignorados, y la facilidad con la que el organismo podía comparar el impuesto declarado con lo que seguía recaudando. Las abultadas deudas de los fiscos provinciales con los contribuyentes denotan líneas políticas orientadas a apropiarse en exceso de esos recursos.

No es lo mismo aplicar una alícuota equivocada durante un mes que mantener, durante años, un mecanismo que toma sumas varias veces superiores a la obligación real y de manera masiva, sobre todo si el propio fisco conoce las declaraciones juradas, recibe las protestas y puede detener las detracciones. Allí la pregunta deja de ser sólo cuánto debe devolverse: también quién decidió mantener el sistema y con qué conocimiento lo hizo.

La expansión territorial agrega otro problema. Cuando la empresa y la cuenta afectada están en una provincia distinta de la que impulsó la detracción, la quita se concreta fuera del territorio de esa administración: allí está la víctima y allí pierde sus fondos. Por eso los jueces penales de ese lugar deberían poder investigar la denuncia; obligar a la empresa a trasladar la discusión a la provincia recaudadora es hacerla jugar de visitante frente al mismo poder al que atribuye la conducta.

Los bancos tampoco son irrelevantes: ejecutan instrucciones provinciales sobre fondos de sus propios clientes, y la automatización los convirtió en un eslabón silencioso de la recaudación. La eficiencia tecnológica amplió la capacidad del Estado para cobrar; esa ventaja exige controles igualmente eficaces, o el dinero sale de inmediato y la revisión llega tarde, cuando llega.

Un algoritmo no tiene voluntad ni puede abusar de un cargo público. Los funcionarios que lo diseñan, lo alimentan y deciden mantenerlo, sí pueden hacerlo. Cuando saben que el mecanismo obtiene sumas manifiestamente indebidas y permiten que siga operando, “recaudación” deja de ser una explicación y puede convertirse en una excusa.