Récord histórico de la economía laboral clandestina y crecimiento del salario gris

Nuevamente el trabajo en negro o no registrado supera el 50% en algunas provincias, con un promedio que vuelve a superar el 40% concentrado en la pequeña y mediana empresa y en los contratistas y subcontratistas, asociado al pago de salarios en gris. Esta novedosa modalidad liquida el salario convencional dentro de la ley, y agrega pagos en negro sin ninguna registración, lo que obliga a llevar dos administraciones separadas, una dentro de la ley y la otra en la clandestinidad. El trabajo informal creció doce (12) puntos porcentuales en los últimos dieciocho (18) meses. Esta forma de precarizar el empleo trepa a niveles exóticos cuando de trata del empleo joven o de jóvenes en el primer empleo, con más del 70% de contrataciones no registradas o clandestinas.
El crecimiento de la clandestinidad laboral responde, sin dudas, a un mal endémico que liga a los argentinos con la informalidad y el escaso apego a las leyes, a lo que se suman las dificultades que se observan con un mercado que sigue en caída en los niveles de actividad con inflación todavía muy alta (stagflation), con la excusa, a menudo justificada, de que operar conforme los niveles de las cargas sociales, los impuestos al trabajo, y los ajustes de convenio sin relación con la productividad, los negocios se transforman en inviables.
Para poder pagar salarios parcial o totalmente en negro, es imprescindible tener un circuito comercial no registrado. Es fácil percibir esta doble vía por las dificultades que a menudo enfrentamos para obtener el comprobante o factura con valor fiscal en negocios gastronómicos, en comercios minoristas, en los estacionamientos, al pagar el taxi o el remís, y en numerosas actividades que sencillamente carecen de todo control.
Es también atendible, que la presión fiscal extraordinaria que se vive en Argentina en forma cotidiana, tiene un doble enfoque. Por una parte, el sistema no tiene un método eficaz para perseguir a los evasores. Por el otro, tenemos un sistema retrógrado de tributación, que está poblado por impuestos regresivos que siguen vigentes como el IVA uniforme o afectando productos de primera necesidad, el impuesto al cheque, el impuesto a las ganancias sobre los asalariados, las cargas sociales con destino a los organismos de la seguridad social, y los aportes y contribuciones con destino a las obras sociales y a los sindicatos.
El trabajo en negro no es sol
o en la actividad privada, ya que representa entre el 22 y el 53% de los agentes del Estado Nacional, provincial y municipal, a través de medios de elusión y de evasión como son el personal contratado y no regularizado, los contratos a plazo fijo, y la parte del ingreso del trabajador excluido de las cargas sociales e impositivas, por vía de medios totalmente discrecionales o arbitrarios.
Los planes sociales son promotores directos del trabajo en negro, ya que quienes reciben el beneficio presionan por trabajar sin informar al ANSeS, para seguir con ambos ingresos. Prefieren la precariedad a arriesgarse a perder los dos beneficios.
En rigor, la mayoría de los que prestan servicios en forma no registrada tienen ingresos inferiores a la media del mercado y por debajo del salario de convenio o del mínimo vital y móvil. Sin embargo un 20% aproximadamente no solo tienen ingresos superiores, sino que pueden llegar a superar todas las expectativas, cuando encuentran un nicho del mercado que facilita esta situación.
El trabajo en negro humilla a los que lo padecen, genera competencia desleal, desfinancia el régimen fiscal y al sistema de salud y al financiamiento del régimen jubilatorio de la seguridad social, fomenta la desigualdad y la inequidad, y crea innumerables injusticias.
Las políticas públicas no han sido eficientes para luchar eficazmente contra la economía clandestina ni contra su peor flagelo que es el trabajo en negro, que no solo se combate con controles y sanciones, sino también con incentivos y con una reforma fiscal que respete los principios de igualdad y en especial de equidad fiscal, con su régimen general y con las excepciones.
Noticias de tu interés