El derecho a decidir sobre sus propios cuerpos

Uno de los argumentos más utilizados por quienes propugnan la despenalización del aborto, es que las mujeres tienen derecho a decidir sobre sus propios cuerpos. Pues se trata de un derecho inobjetable de cuya protección constitucional nadie puede dudar; hasta podría considerárselo un derecho personalísimo cuya existencia no depende de que una autoridad lo reconozca expresamente, así como tampoco podría ser prohibido su ejercicio.

Sin embargo no existen derechos absolutos, ya que todos ellos se ejercen conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio. Así lo dispone la misma Constitución, entre cuyos objetivos estuvo y está el de reconocer y amparar expresa o implícitamente derechos y libertades para los habitantes. En la medida que esos límites reglamentarios estén efectivamente dispuestos por ley y sean razonables serán perfectamente válidos desde el punto de vista constitucional.

Pero el ejercicio de cualquier derecho, no solo está condicionado por sus leyes, sino también por la existencia de los derechos de los demás. En el supuesto que un derecho no estuviera reglamentado por ley, su límite estaría dado por la existencia de los derechos de terceros. Es decir, así como no puede invocarse el ejercicio de un derecho para justificar la comisión de un delito, tampoco podría invocarse el ejercicio válido de un derecho cuando, al hacerlo, se lesiona el derecho de un tercero. En cualquiera de estos supuestos, el ejercicio de ese derecho sería abusivo. Si además el derecho que estoy lesionando al ejercer el propio, es el derecho de un tercero a vivir o a mantener la vida, el abuso es más visible y condenable. 

Mal puede una mujer invocar el derecho a decidir sobre su propio cuerpo cuando ello implica quitar la vida de un tercero, que en el caso del aborto sería la del ser humano engendrado en su vientre.

Es indudable que el invocado derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo, por parte de quienes propician que se despenalice el aborto, es desde todo punto de vista falaz, teniendo en cuenta que lo que debe buscarse, desde la legislación, es la forma de que ambos derechos puedan ser compatibilizados: el de la madre a decidir sobre su cuerpo, y el del embrión a mantener la vida ya obtenida desde la concepción en el seno materno.

En todo caso es indispensable concientizar a las mujeres, educación mediante, que un buen momento para agudizar el derecho de decidir sobre su propio cuerpo, es el previo a cualquier acto sexual. Allí es cuando las mujeres pueden decidir responsablemente, apelando a todos los métodos de prevención existentes o exigiendo su utilización a la pareja. Pero ser irresponsable en ese momento, y exigir luego que el legislador dicte leyes cuyo objetivo sea evitar toda responsabilidad posterior, es inconsistente.

Es cierto que una eventual ley que despenalice el aborto estaría dando sustento expreso al derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo, pero como al hacerlo se las estaría autorizando también a quitar la vida de un tercero concebido en su vientre, dicha ley sería definitivamente inconstitucional, por avalar el ejercicio hiperabusivo de un derecho.

 

 

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