Cuatro medidas fiscales que ayudarían a las Pymes

Las pequeñas y medianas empresas soportaron las subas de las tarifas, en muchos casos sin poder trasladar esos aumentos a los precios; deben abonar los justificados aumentos salariales que aprueban los convenios ,y por si todo esto fuera poco, tienen que cumplir con la exagerada carga tributaria, nacional y provincial.

No existen diferencias en los costos fiscales que deben soportar y en las tareas administrativas que tienen que cumplir según el tamaño que tiene la empresa.

Son las que más trabajadores emplean, sin embargo no se considera fiscalmente el esfuerzo que realizan.

Quedaron afuera de todos los anuncios de rebajas tributarias que hubo para los grandes grupos (campo y mineras). 

Para cuando les toque el turno, existen cuatro medidas fiscales que si se aplican aliviarían su golpeada situación económica-financiera:

1. IVA e Ingresos Brutos por lo percibido: Desde la creación del impuesto, el saldo a pagar tiene que ingresarse incluso sin haber cobrado la factura que originó el débito fiscal. La obligación nace en el momento de entregarse la factura, cuando se entrega el bien o al prestarse el servicio, o cuando se cobra un adelanto, en lo que ocurra primero. Pero puede emitirse la factura y el pago recién puede recibirse en el mes siguiente o más adelante. Sin embargo el contribuyente tiene que "financiar al Estado. Incluso, si por cualquier motivo el importe no se cobra por mora del deudor, la AFIP no permite dar vuelta la operación, sólo podría realizarse cuando hay una quita determinada por concurso homologado de acreedores.Lo mismo sucede con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, porque tiene que abonarse a la jurisdicción correspondiente por los ingresos "devengados , sin importar si ingresó el dinero. La solución a estos problemas sería modificar el método de liquidación del IVA, pasando del devengado al sistema percibido. De esta manera, los contribuyentes pagarían el Tributo en el momento de cobrar la factura.

2. Considerar los pasivos: En el impuesto patrimonial que abonan las Pymes, denominado Ganancia Mínima Presunta, debe pagarse el 1% por los activos que posee la empresa al cierre del ejercicio cuando el monto de los bienes supera $ 200.000 (importe que no se actualiza desde el año 1998). Sin embargo, en este tributo no se permiten descontar las deudas, a pesar de que integran el patrimonio de la pequeña empresa. No es justo que dos contribuyentes tengan que abonar el mismo importe de impuesto, si uno posee deudas y otro no. Para solucionar esta injusticia tributaria deberían derogarse este tributo y volver al Impuesto a los Capitales, que consideraba los activos y los pasivos para determinar el monto a pagar.

3. Reinversión de utilidades: Actualmente, para evitar que los socios de las Pymes retiren sus dividendos se los castiga aplicándole la tasa del 10% de Impuesto a las Ganancias adicional. Este tributo surgió para paliar el aumento de las deducciones personales que se realizó en el año 2013. Sin embargo, sería más provechoso que penalizar los retiros de los fondos de las Pymes que realizan sus socios, premiarlos desgravando las utilidades que no se retiren y se reinviertan en adquirir bienes de capital o para contratar empleados que no se encuentran registrados o están desocupados. Además, esto en poco tiempo permitiría aumentar la oferta de los bienes y de esta forma ayudaría a reducir la inflación.

4. Agilizar las tareas administrativas: En la actualidad existe una pesada carga tributaria que tienen que cumplir las empresas, sin distinción de su tamaño. Debe cumplirse con muchos regímenes de información ante la AFIP y los Organismos Provinciales, que se podrían evitar ya que la información que debe brindarse en muchos casos se duplica. Un ejemplo de ello, es el régimen de información de compras y ventas (CITI) que tiene que hacerse a pesar de que la AFIP ya posea los datos de las ventas con la emisión de la factura electrónica.

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