Código de Buenas Prácticas Comerciales: un instrumento eficaz para el mercado

La autorregulación comercial, la negociación y la conciliación tal vez sean los instrumentos que se necesitarán para enfrentar un escenario que, seguramente, se presentará con alta conflictividad (incluso institucional) comercial, de puja por precios y participaciones de mercado en nuestro país.

Sabemos que pasará. Es época de huracanes.

Será necesario volver a resolver los conflictos mediante el Código de Buenas Prácticas Comerciales que afecta e involucra exclusivamente a empresas que sean adherentes, y en tanto involucren sus vínculos comerciales.

¿Cómo fue en el pasado?

A mediados del año 2000 (en medio de otro caos) se consideró que la Secretaria de Defensa de la Competencia y del Consumidor debía reglamentar los artículos 1,2,3,4 (texto anterior de la Ley de Defensa de la Competencia) que trataban las prácticas prohibidas, las conductas restrictivas de la competencia y el alcance de la posición dominante.

En esa oportunidad, el Secretario de Defensa de la Competencia y del Consumidor expresó la conveniencia, entre las entidades representativas de las industrias y el comercio, (COPAL y CAS-FASA) de que se diera forma a un código de buenas prácticas comerciales (CBPC).

Muchos años antes, ya se venía estudiando el tema. Se lo veía con buena cara por las cámaras empresarias y sus asesores, Lógicamente, se estaban evaluando distintas versiones, (v.gr. los antecedentes de autorregulación publicitaria) que hasta ese momento se llamaban, en general, Códigos de Conducta.

Este camino parecía una buena oportunidad para que la actividad privada, en una muestra de madurez, pudiera finalmente autorregularse sin la intervención del Estado a través de un código de adhesión voluntaria pero exigible para aquellos que lo suscribieran, buscando, de esa manera, el equilibrio entre los sectores de proveedores y supermercadistas.

Era la posibilidad de eliminar o limitar el desequilibrio en la negociación por el volumen de compra o mayor presencia en el mercado entre las cadenas y sus proveedores, pero, libremente, por autorregulación.

Si bien como decíamos existían proyectos anteriores que venían tratándose sectorialmente, fue necesaria una ardua labor de varios meses para que se llegara a conformar un texto, aceptado y con vistas a ser cumplido por las partes, y que dicho texto encaminara favorablemente las relaciones entre los dos sectores.

Así nació el CBPC.

Los comienzos de su aplicación, aún informal, dieron auspiciosos resultados. Así, el código firmado el 14 de septiembre de 2000 entró en plena vigencia a los 60 dias, el 14 de noviembre de 2000, con el camino allanado por el previo consenso de las empresas firmantes.

Hoy, a más de 20 años de su aplicación, podemos considerar que el mismo ha sido un instrumento equilibrante de las relaciones comerciales entre los dos sectores más dinámicos y representativos de la economía que dominan, sin dudas, el comercio interior de consumo masivo.

En ese lapso, se han producido cientos de mediaciones y arbitrajes, zanjando diferencias en forma privada, sin recurrir a la justicia ni a las autoridades y llevando, con un espíritu conciliatorio, a difíciles negociaciones que contaron con el apoyo de las entidades empresarias.

Hoy como ayer, se producen importantes turbulencias en el mercado. No dejará de ser auspiciosa, esta manera privada de resolver diferencias. Suma.

Por fin llego a la conclusión de que si bien esto no será la panacea, será nuevamente una eficiente herramienta para mejorar las relaciones.

De esta forma, se muestran los beneficios de la inserción positiva de las iniciativas del derecho privado, que en este caso ha mejorado el equilibrio entre las partes y ha conseguido cambiar el clima de confrontación, por el de convivencia al que dio lugar al Código de Buenas Prácticas Comerciales.

Se avanzó por otro concepto de armonización de la actividad comercial, tan necesaria además, por las serias dificultades que repetidamente presenta el país en su aspecto institucional.

En síntesis, como se ha dicho, el CBPC ha conseguido cambiar la filosofía del interés unilateral por la filosofía de la ética y el interés común. “Ganar-Ganar

Dicen que estamos navegando en la ruta de la tormenta perfecta. Y que estamos en el Titanic. No lo creo. Vamos a salir, como siempre.

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