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La evasión de impuestos en Colombia ya no será vista solo como una falta administrativa. Ahora, quienes oculten patrimonios millonarios o fabriquen deudas ficticias enfrentaránpenas de cárcel que superan los 10 años.

El país endurece sus sanciones contra los contribuyentes que, teniendo capacidad de pago, intenten engañar al Estado con declaraciones fraudulentas. Con el respaldo de la Corte Constitucional, la evasión y la defraudación tributaria pasaron a ser delitos penales con castigos que van desde los 3 hasta más de 13 años de prisión.

El presidente Gustavo Petro insistió en que "quienes más tienen deben aportar más" (Fuente: archivo).
El presidente Gustavo Petro insistió en que "quienes más tienen deben aportar más" (Fuente: archivo).

Cuáles son los montos que llevan a prisión según la DIAN

La Reforma Tributaria de 2022 (Ley 2277), ratificada por la Corte Constitucional en 2024, ajustó el Código Penal colombiano para castigar de manera ejemplar a los evasores.

Según laDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), cuando un contribuyente omite bienes, los declara por un valor inferior o inventa pasivos inexistentes, y el monto supera los 1.000 salarios mínimos legales vigentes (SMMLV) -aproximadamente 1.300 millones de pesos en 2025-, podrá recibir una condena de 4 a 9 años de cárcel.

Pero las penas escalan en función de la gravedad de la evasión:

  • Más de 2.500 SMMLV (3.250 millones de pesos): prisión de 5 a 12 años.
  • Más de 5.000 SMMLV (6.500 millones de pesos): cárcel de 6 a 13 años y medio.

En cuanto a la defraudación tributaria, si se genera un menor impuesto a pagar o un saldo a favor igual o superior a 100 SMMLV, la sanción será de 3 a 5 años de prisión. Las penas también aumentan cuando el fraude supera los 2.500 o 5.000 SMMLV, llegando hasta los 7 años y medio.

Qué dijo la Corte Constitucional sobre la evasión de impuestos

El 8 de febrero de 2024, la Corte Constitucional declaró exequible el Título VI de la Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social, dando vía libre a que los delitos de evasión y defraudación tributaria tengan penas privativas de la libertad.

La Corte argumentó que estas conductas afectan directamente el recaudo del Estado, comprometen la financiación de programas sociales y generan inequidad entre quienes cumplen y quienes buscan atajos para no pagar.

Desde el 13 de diciembre de 2022, las sanciones penales están en vigor y aplican a los grandes patrimonios y evasores reincidentes, no a contribuyentes de bajos ingresos que enfrenten dificultades económicas reales.

La política fiscal de Gustavo Petro busca cerrar la brecha en el recaudo y garantizar recursos para programas sociales estratégicos (Fuente: archivo).
La política fiscal de Gustavo Petro busca cerrar la brecha en el recaudo y garantizar recursos para programas sociales estratégicos (Fuente: archivo).

¿Se puede evitar la cárcel pagando la deuda con la DIAN?

La legislación abre una ventana de salida: si el contribuyente paga lo adeudado, junto con intereses y sanciones, podrá extinguir la pena hasta dos veces.

Sin embargo, quienes reincidan tres o más veces ya no podrán evitar la prisión. En estos casos, ponerse al día con la DIAN únicamente servirá para reducir la condena hasta la mitad, pero nunca eliminarla.

El mensaje del Gobierno es claro: la cárcel será el último recurso, pero también una advertencia contundente de que la evasión no quedará impune.