

El Ministerio de Trabajo confirmó que en Colombia es obligatorio registrar a las empleadas domésticas en una Administradora de Riesgos Laborales (ARL), como parte de las reglas vigentes para la formalización del empleo en los hogares. La medida busca garantizar protección ante accidentes o enfermedades que puedan presentarse durante el desarrollo de sus funciones.
La exigencia aplica para quienes realizan labores de aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado de niños, jardinería o conducción familiar, sin importar si trabajan a tiempo completo o por días. En todos los casos, la responsabilidad del registro recae directamente sobre el empleador.
Con la reforma laboral de 2025, el Gobierno reiteró que el vínculo con una trabajadora del servicio doméstico debe formalizarse mediante un contrato de trabajo, y no a través de contratos por prestación de servicios, ya que existe subordinación, cumplimiento de horarios y dependencia directa.
Quiénes deben afiliar a la empleada doméstica a la ARL
La legislación establece que toda persona que contrate servicio doméstico está obligada a realizar la afiliación a la ARL desde el inicio de la relación laboral. Esta obligación se mantiene incluso cuando la trabajadora presta sus servicios solo algunos días al mes o por jornadas parciales.

La afiliación a riesgos laborales cubre accidentes de trabajo y enfermedades laborales, y es independiente del sistema de salud. Por esta razón, aunque la trabajadora esté afiliada al régimen subsidiado o sea beneficiaria de un familiar, el empleador debe cumplir con el registro ante la ARL.
Qué consecuencias tiene no cumplir con esta obligación
El incumplimiento de esta norma puede derivar en multas económicas e investigaciones administrativas por parte de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), además de sanciones del Ministerio de Trabajo.
Si ocurre un accidente laboral y la trabajadora no está afiliada a una ARL, el empleador deberá asumir todos los costos médicos, tratamientos, incapacidades e incluso una eventual pensión por invalidez, conforme a lo establecido en la legislación laboral colombiana.
Qué otros registros exige la ley
Además de la afiliación a la ARL, el empleador debe garantizar el registro de la trabajadora doméstica en los demás componentes del sistema:
- Salud (EPS): obligatoria, salvo excepciones por régimen subsidiado o beneficiarios
- Pensión (AFP): según el salario y el tiempo laborado
- Caja de compensación familiar: acceso a subsidios y beneficios sociales

Estas obligaciones hacen parte de las medidas orientadas a reducir la informalidad y fortalecer la protección laboral en el sector del servicio doméstico en Colombia.







