

En Colombia, los trabajadores pueden ver su sueldo embargado por varios motivos, siendo uno de ellos la inasistencia alimentaria a sus hijos. En este escenario, el juez de familia autorizado es quien solicita la retención.
En todos los casos, la manutención impuesta debe cubrir el sustento, habitación, vestimenta, asistencia médica, recreación, educación y todo lo necesario para el desarrollo integral del niño, niña o adolescente.
Por este motivo, en caso de incumplir con esta obligación, la justicia podrá embargar hasta el 50% el salario mensual del deudor.
¿Por qué se embarga el sueldo por inasistencia alimentaria?
Según informó Integrity Legal, un bufete de abogados de Bogotá, el Código Sustantivo del Trabajo es quien establece el monto máximo que se puede embargar por inasistencia alimentaria, definido hasta el 50%. Esto significa que, si una persona gana un salario mensual de 1.800.000 pesos colombianos, se le podría embargar 900.000 pesos colombianos.

Sin embargo, este porcentaje es el máximo. El juez asignado puede decidir un embargo menor, siempre que se cubran todas las necesidades del menor de edad sin poner en compromiso la subsistencia del obligado.
¿Qué sucede si el deudor no tiene ingresos fijos?
Cuando el padre o madre responsable de pagar la pensión alimentaria no cuenta con un salario o bienes que puedan ser embargados, tiene la opción de solicitar ante las autoridades una revisión del valor que debe aportar. Si no realiza este trámite y continúa sin cumplir con los pagos, aun sin tener ingresos embargables, puede enfrentarse a sanciones más severas.
El incumplimiento es considerado un delito según el Código Penal de Colombia, y puede acarrear penas de prisión que van de 16 a 54 meses, además de multas que oscilan entre 13 y 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
¿Quiénes solicitan la cuota alimentaria y qué deben presentar?
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) informa que todos los padres, representantes legales, parientes, cuidadores, mujeres en estado de embarazo y responsables del cuidado del menor de edad pueden solicitar una cuota alimentaria.

En caso de solicitarlo, se deben presentar los siguientes documentos para avanzar con el trámite:
- Original y copia del documento de identidad de las partes.
- Fotocopia del registro civil de nacimiento del niño.
- Tarjeta de Identidad para los niños mayores de 7 años.
- Otros documentos que quieran hacer valer en la audiencia.


