Piqué deberá pagar 2,1 millones de euros al fisco por impuestos atrasados

La Audiencia Nacional desestimó el recurso presentado por el futbolista, pareja de la cantante Shakira.

La Audiencia Nacional desestimó el recurso presentado por el futbolista del Barcelona, Gerard Piqué, contra una decisión judicial que lo obligaba a pagar más de 2 millones de euros al fisco por deudas tributarias correspondientes a los ejercicios 2008, 2009 y 2010.

Según la sentencia de 13 de mayo de 2019, que publica la agencia EFE, el órgano judicial ratificó la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) contra el deportista “por el concepto tributario Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicios 2008-2009-2010, y contra el acuerdo de resolución del procedimiento sancionador de fecha 5 de junio de 2013 con valores de 1.457.855,61 euros y 678.012,59 euros, respectivamente .

Piqué y su pareja, la cantante Shakira, tuvieron sus contratiempos con el fisco español. La artista colombiana compareció hace un mes ante la justicia ibérica tras ser acusada por la Fiscalía de un fraude fiscal de 14,5 millones de euros contra el fisco. Los funcionarios de la Agencia Tributaria consideraron que entre 2012 y 2014 residía en España y, por tanto, debía tributar en el país y no en otros lugares con menores controles fiscales.

El futbolista tendrá ahora la posibilidad de recurrir la decisión ante el Tribunal Supremo.

Un caso que inició en 2013

El caso arrancó en 2013 cuando la delegación de la Agencia Tributaria de Cataluña resolvió revisar las declaraciones de la renta de los años 2008, 2009 y 2010 del jugador. La inspección concluyó que el jugador había utilizado una empresa para desviar los ingresos percibidos por los derechos de imagen y pagar el impuesto de sociedades con un tipo del 30%, en lugar de tributar como persona física un gravamen del 45%.

En la inspección, Hacienda consideró que Piqué obtuvo ingresos de su trabajo como jugador procedentes del Real Zaragoza, del Manchester United y de la Federación Española de Fútbol, por su participación de la Copa Confederaciones jugada en Sudáfrica en 2009. También concluyó que Piqué obtuvo otros ingresos por la cesión de derechos de imagen, por intereses obtenidos por un préstamo concedido a una entidad vinculada, por cantidades recibidas por un patrocinador británico y por los intereses de sus cuentas bancarias.

La Agencia Tributaria interpretó que "el contrato celebrado entre Piqué y la entidad Kerad Project 2006 en virtud del cual el primero cedió a la segunda sus derechos de imagen, fue simulado".

El jugador firmó las actas en disconformidad y abrió la vía judicial. El caso llegó al TEAC, que se encarga de estos asuntos en primera instancia, y falló contra el jugador en primera instancia. Ahora la Audiencia Nacional ratificó esa decisión.

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