La Justicia porteña intima a las empresas de 'delivery' a regularizar su situación
La Camára en lo Contencioso Adminsitrativo y Tributario les dio un plazo de 10 días para inscribirse en un registro y obtener la habilitación para operar. Los cadetes deberán usar casco, vestimenta reflectante y obtener la libreta sanitaria
La Justicia porteña les dio un plazo de 10 días a las empresas Rappi, Glovo "y a todas las personas físicas y/o jurídicas que desarrollan actividades homólogas a través de plataformas virtuales" para solicitar su inscripción en un registro y obgtener la habilitación para operar.
Además, el fallo de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, dispuso que el Gobierno porteño se pronuncie en un plazo de 60 días respecto de la pretensión de otorgamiento de habilitaciones e inscripción en el Registro Único de Trabajadores en Motovehículos y Ciclorrodados formalizada por Envíos Ya S.A., Arribo Postal S.R.L., Curier Express S.R.L., Inmediato S.A., Logística al Instante S.A., Star Cadetes S.A., The Saint S.R.L. y Trámites Urbanos S.R.L.
Los jueces determinaron, también, que se deberán llevar adelante de los cursos de capacitación para conductores de motos y bicicletas destinados al servicio de mensajería urbana y entrega de sustancias alimenticias a domicilio.
Asimismo, se otorgó un plazo de cinco días para prohibir que los conductores de motos y bicicletas afectados circulen sin casco homologado e indumentaria con bandas reflectivas y apropiada para días de lluvia y época invernal. En caso de transporte de alimentos deben poseer libreta sanitaria.
El Gobierno lanzó un programa de financiamiento de 12 y 18 cuotas sin interés para la compra de motos 0 kilómetro de producción nacional y por un monto de hasta $ 120.000, o con 10% de descuento en las ventas de contado para unidades de hasta $ 300.000.
La resolución judicial surge de un amparo presentado por esas empresas, encabezadas por Envíos Ya, que pidieron que se reconozca su derecho a ofertar y prestar los servicios de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias alimenticias de la Ciudad, de acuerdo al régimen previsto en la ley 5526 que regula la actividad.
También reclamaron que se les exija la habilitación y se controle a todos los que ejercen a la misma actividad. Y cuestionaron la “proliferación de emprendimientos informales disfrazados de aplicaciones informáticas o formatos colaborativos , en referencia a Rappi y Glovo, que se valen de aplicaciones.
En abril, el juez Roberto Gallardo le había ordenado al Gobierno de la Ciudad que prohíba la actividad de Rappi, Glovo y PedidosYa en todo el territorio porteño, hasta que sus repartidores cumplan con las medidas de seguridad exigidas por el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad.
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