El dilema jurídico del ARA San Juan

Ni el fiscal, ni los querellantes, ni los imputados, ni las Armadas del mundo saben cuál fue el motivo del naufragio

Bruce Rule, analista líder de la Oficina de Inteligencia Naval de los Estados Unidos durante 40 años, estudió los datos acústicos del submarino ARA San Juan y ubicó con precisión el lugar de la tragedia. Asimismo, estableció la secuencia de eventos que determinaron su pérdida. Enterado de que la jueza federal de Caleta Olivia Marta Yañez, que lleva a cargo la investigación, elevó cargos contra siete oficiales de la Armada Argentina, Rule expuso un claro ejemplo para mostrar esta inconsistencia. "Es como culpar al personal de tierra de un aeropuerto que autoriza la salida de una aeronave que luego se estrella debido a un accidente o a errores del piloto", resaltó el especialista.  

La investigación sobre la causa del naufragio del ARA San Juan entró en su fase penal con las imputaciones y correspondientes llamadas a indagatoria que realizó la jueza Yañez a los oficiales de la Armada. Aquí radicaría el primer error de una investigación judicial que lleva casi dos años y cuyo mayor hito fue el hallazgo del submarino a fines del año pasado por el buque Seabed Constructor de la firma Ocean Infinity, en el lugar en el que, paradójicamente, el oficial naval a cargo de la búsqueda y rescate del San Juan ya había adelantado a la jueza que se encontraba.

Fuentes allegadas y con acceso a la causa coinciden en que la hipótesis que plantea Yañez para avanzar con las imputaciones penales contiene un dilema jurídico fundamental que la tornaría inválida: ni el fiscal, ni los querellantes ni los imputados, ni nadie en cualquiera de las Armadas del mundo a quienes se les ha solicitado oficialmente asesoramiento técnico en esta causa, saben cuál ha sido el motivo del naufragio.

La jueza entiende que las operaciones de adiestramiento y patrullado marítimo en las que se encontraba el ARA San Juan en noviembre de 2017 habrían implicado una supuesta elevación del riesgo por encima de lo que especifican los reglamentos navales. Y que esta situación habría derivado en la muerte de 44 marinos y la pérdida de una unidad submarina, como consecuencia directa o al menos previsible de la violación del deber de cuidado que pesaba sobre los oficiales navales imputados. Sin embargo, el tribunal no logra relacionar el naufragio con supuestos defectos o anomalías del submarino, cuya existencia está en duda de acuerdo con la información suministrada por los arsenales navales. 

Los expertos legales consultados explican que la hipótesis investigativa de la jueza Yañez consiste en asignar supuestas violaciones del deber de cuidado y convertirlas en delitos de resultado, sin describir que conexión tienen con el naufragio en sí. Esta sería la razón fundamental por la que este proceso penal se encaminaría a un muy probable escenario de nulidad. 

En medios judiciales de Comodoro Rivadavia -sede del Tribunal de alzada de la jueza Yañez, también señalan que el derecho penal no pareciera ser el camino para el resarcimiento efectivo de los familiares y seres queridos de los tripulantes del San Juan. La comprobación de los hechos delictuosos y la individualización de los partícipes debiera realizarse sobre la base de pruebas suficientes y no de presunciones legales como pretenderían desde el Juzgado Federal de Caleta Olivia. 

Al desconocerse las causas del naufragio no hay sustento legal para afirmar que tuvo como causa un delito. Sin embargo, esas mismas fuentes consultadas entienden que el reclamo civil contra el Estado Nacional sería el camino apropiado para la reparación de los deudos del San Juan. En ese ámbito la Justicia está obligada a fallar, aun cuando no tenga posibilidad de saber lo realmente acontecido, para lo que cuenta con presunciones legales que lo ayudan a lograr un veredicto.

Solo así se podría reparar la máxima ofrenda de los tripulantes del ARA San Juan, en cumplimentero de su deber, al custodiar la soberanía en el mar.