Uber y Cabify podrán contratar seguros de responsabilidad civil para su conductores

La Superintendencia de Seguros le brindó un marco normativo al sector para que las plataformas digitales puedan contratar seguros que cubran a sus conductores, sus pasajeros y otros damnificados.

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) reguló el tipo de cobertura que deben tener los "vehículos automotores intervinientes en un servicio convenido por intermedio de una plataforma tecnológica". Aunque el ente regulador no hace nombres, la norma aplicaría sobre servicios tales como Uber o Cabify.

La resolución 615/2019 de la SSN crea esta alternativa de seguros para que las plataformas digitales contraten hacia los conductores. "Es un seguro de responsabilidad civil de automotor. Lo novedoso es que estén cubiertos del riesgo los conductores, los pasajeros o bienes transportados y los terceros damnificados", sintetizó el vicesuperintendente de seguros, Guillermo Plate, en diálogo con El Cronista.

A partir de ahora, las aseguradoras pueden diseñar y ofrecer estos productos aunque no serán obligatorios

"El seguro no debe quedar afuera de los avances tecnológicos. Creemos que debemos tener más asegurados y productos. Este es el punto de partida para que las plataformas digitales puedan ser tomadores de seguros en beneficio de aquellos que las utilizan", agregó Plate.

Pese a la resolución, la SSN no obliga a las plataformas a tomar el seguro sino que pone a disposición el marco normativo para que las compañías del sector desarrollen y ofrezcan en el mercado este producto. "Nos vemos como facilitadores para que pueda haber más productos y asegurados. Después, la instrumentación dependerá del mercado", afirmó Plate.

El desafío, entonces, será ver si las compañías desarrollan el producto y las plataformas deciden contratarlo para sus conductores. Por ahora, tanto Uber como Cabify declinaron hacer comentarios sobre esta novedad.

Con respecto a la suma asegurada, la Resolución establece que el límite obligatorio, único y uniforme de cobertura por acontecimiento (siniestro que pueda generar reclamos) para el vehículo interviniente en un servicio convenido por intermedio de una plataforma tecnológica es de $ 22 millones.

Uno de los reclamos comunes de taxistas y remiseros frente a las plataformas como Uber o Cabify es, precisamente, que no cuentan con un seguro acorde al que deberían tener para transportar pasajeros. Lo que sucede, en muchos casos, es que los conductores circulan con su póliza de auto particular y no dan aviso a la compañía sobre el uso que van a darle al vehículo.

En ese sentido, Plate reconoció: "Hoy usan el seguro obligatorio. Creo que hay un problema para que los conductores declaren la utilización del vehículo como uso comercial. En esta Resolución nosotros estamos diciendo que es necesario informar ese uso a la compañía aseguradora".

Dado que la Resolución se refiere al transporte automotor de cosas o personas, El Cronista consultó a Plate si la SSN está pensando también en darle marco asegurador a otras plataformas digitales que se ocupan de llevar productos de un lado a otro, aunque no sea mediante automóviles. Es el caso, por ejemplo, de Glovo o Rappi, que brindan un servicio de transporte convenido a través de una aplicación pero lo hacen en bicicleta o moto.

"En cuanto vemos la demanda, permitimos la oferta. No tenemos nada hoy en carpeta sobre ese tipo de plataformas pero me parece que, por la dinámica que estamos viendo de las empresas tecnológicas, van a surgir más novedades. Vemos mucho dinamismo", adelantó Plate.

Esta nota habla de: