Todos quieren ser parte de la CGT y gozar sus privilegios

Las agrupaciones sociales como Los Cayetanos, integrada por Barrios de Pie, la Corriente Clasista y Combativa (CCC), y la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP), y patrocinadas en parte desde la Iglesia, pretenden ser afiliadas a la CGT para legalizar los aportes que quieren cobrar como retenciones de los planes sociales de sus respectivos beneficiarios.

De este modo se podrían institucionalizar aportes compulsivos de pago directo al ente social legalmente constituido para financiar la gestión de la organización social, similar a la cuota sindical ordinaria o a los aportes solidarios de los sindicatos.

También piensan que deberían contar con mecanismos de protección tales como la tutela sindical, un régimen de asambleas elecciones y autoridades, órganos de fiscalización y una suerte de ejercicio de la libertad asociativa ligada a la libertad sindical individual y colectiva, con un resguardo legal al derecho a las movilizaciones públicas, al uso del espacio público para desarrollar las mismas, y a una protección especial muy peculiar frente a los organismos de seguridad.

Los grupos piqueteros también tienen pretensiones análogas como lo han manifestado en forma pública como el Frente Popular Daría Santillán, el Frente de Organizaciones en Lucha, Libres del Sur, el Movimiento Evita, Federación Tierra y Vivienda (Luis D' Elía), Frente Transversal y Popular (Edgardo Depetri) y otros.

Algunos de ellos han manifestado su deseo que fijar una cuota de afiliación para financiar las organizaciones, que podría ser a través de una retención realizada por el Estado y derivada a la cuenta bancaria oficial de cada entidad. Muchas de estas organizaciones reciben subsidios en forma directa, que no garantizan que lleguen al destino específico.

Es por ello que la mayoría de los planes van dirigidos en forma personal al beneficiario y se cobran con una tarjeta sin intermediarios. Con ello se evita la intermediación mafiosa que despoja de parte de los planes alimentarios a quienes verdaderamente lo necesitan.

La CTA se presenta ante la CGT como una confederación y en rigor, no es una agrupación sindical pura, ya que tiene como afiliados a organismos de los derechos humanos, organizaciones de jubilados, organizaciones sociales y personas físicas como afiliados directos, los afiliados de los planes sociales, los desempleados, los emprendedores independientes, los trabajadores autónomos, las trabajadoras del servicio doméstico y otros, como su página web lo informa.

Las ONG (organizaciones no gubernamentales) de los derechos humanos también pretenden el derecho a asociarse a la CGT, entre ellos Médicos Sin Fronteras, las Madres de Plaza de Mayo o la Universidad homónima, y para ello ya se afiliaron a alguna entidad sindical, para canalizar algunos de los derechos pretendidos.

En los últimos años, han sido habilitados a la par de los sindicatos uniones y federaciones con personería gremial de la ley 23.551, a entidades "meramente inscriptas", que por vía de la jurisprudencia de la Corte deben ser tratadas en forma igualitaria.

En otros términos, tener la personería gremial genera privilegios dentro de nuestro sistema legal que importan una postura discriminatoria respecto de los sindicatos meramente inscriptos, que conforme al art. 14 bis de la Constitución Nacional debería ser concedidos a los sindicatos por la simple inscripción en un registro especial, como única exigencia de rango constitucional.

Por ende, según la pacífica postura de la Corte Suprema, deberían coexistir ambos sindicatos, los que poseen personería como los de simple inscripción sin ninguna diferenciación. Disputar la personería implica disputar cual de las entidades en pugna es la más representativa. En cualquier caso, parece que la coexistencia de ambas ya es inevitable.

Los organismos de los derechos humanos, las entidades y fundaciones ecológicas y de protección al medio ambiente (Greenpeace), las entidades y agrupaciones que resguardan la igualdad de género, la no discriminación y la igualdad, las agrupaciones feministas, y otras también quieren aportes compulsivos en base a una retención de quienes se afilien a ellas, diversificado al tipo de vínculo que une a sus afiliados con el mercado, según si son dependientes, independientes, miembros de entidades sin fines de lucro, emprendedores, o afiliados a algún régimen especial.

Los grupos informales como las cartoneros o recolectores, hoy devenidos en recuperadores urbanos, se están organizando (Faccyr, CTEP y otras) y podrían reclamar la relación de dependencia del Gobierno de la Ciudad o de otros municipios que les brinda la oportunidad de ganancia con la recolección habilitándolos, les facilita medios de transporte, ropa y calzado, camperas con bandas amarillas, guantes y hasta la salud pública con trato especial en vacunas preventivas.

Otro tanto ocurre con las nuevas formas de trabajo a través de la economía colaborativa (Asociación de Personal de Plataformas APP), como Uber, Cabify, Pídalo Ya, Glovo, y otros, donde los trabajadores son autónomos, y el eje que los coordina es una aplicación informática que relaciona a los prestadores con los clientes.

Ninguna de las alternativas analizadas precedentemente son compatibles con el régimen legal vigente ni con los estatutos de la Confederación General del Trabajo, que según la ley 23.551 solo puede contar con la afiliación de sindicatos, uniones o federaciones de trabajadores en relación de dependencia de la actividad privada como la pública.

Para poder acceder a dicha afiliación, la ley precitada requeriría de una importante reforma, que habilite la integración de organizaciones que no reúnen los requisitos formales y materiales, o que en esencia, no son compatibles con los fines y objetivos de la CGT como organización de tercer grado.

Teniendo en cuenta que la unidad del movimiento obrero se ha tergiversado sumando a la CGT todo lo que pueda englobarse en la deuda social, la responsabilidad final de evaluar, aceptar o rechazar esta oleada de afiliaciones recaerá sobre el Ministerio de Trabajo como el órgano de aplicación por antonomasia, sujeto en todos los casos a revisión judicial.

Es quién además quién está habilitando los sindicatos meramente inscriptos, en paralelo con los que poseen personería, en numerosas actividades.

Todos esperamos que gradualmente se pueda salir del caos, contribuyendo al orden en base a un criterio que resulte razonable y compatible con los derechos deberes y garantías amparadas por la Constitución.

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