Claves para planificar una sucesión, pagar menos impuestos y obtener privacidad

Sociedades off shore, trust, fideicomisos, fundaciones y fondos de inversiones son algunas opciones para estructurar una herencia en Argentina, segundo país en el mundo en presión fiscal sobre las sucesiones.

¿Por qué implica tantos gastos una sucesión? ¿Qué impuestos se pagan al recibir una herencia? ¿Por qué demora tanto el proceso? ¿Existen herramientas que puedan ser utilizadas para reducir tiempos, costos e impuestos?, son algunas de las preguntas que se hacen familias con un patrimonio importante.

El abogado Martín Litwak, de la consultora Untitled, especialista en estructuración patrimonial internacional, enumeró los siguientes elementos que es aconsejable tener en cuenta:

1 PLANIFICAR

Es importante conocer los objetivos y necesidades familiares ya que cada familia es única, como también lo es la problemática que enfrenta. Hay familias para las cuales reducir o diferir impuestos es el único objetivo de planificación. Otras, priorizan el tema sucesorio o la protección de su privacidad.

Si bien en todos los casos una buena planificación reduce incertidumbres, costos y tiempos, esta se vuelve esencial en los casos de familias con miembros en diferentes países, y por lo tanto, sujetos a leyes que pueden ser contradictorias, o cuando hay en la familia miembros que son discapacitados y van a precisar un cuidado especial.

2 IMPUESTOS

Los únicos países en América Latina que pueden caracterizarse como de baja tributación son Panamá y Paraguay.

Luego, están los países de América Central y, en menor medida, Uruguay, que son países con sistemas tributarios basados en la renta local y que, en principio, sólo cobran impuestos por renta generada localmente pero no por activos que se tienen fuera de sus propios territorios.

Argentina es el segundo país a nivel mundial en materia de presión impositiva.

Sin embargo, permite que los contribuyentes establezcan estructuras fiduciarias en el extranjero para cuestiones sucesorias y/o impositivas.

3 SOCIEDAD OFFSHORE

En Argentina no está prohibido incorporar sociedades offshore al patrimonio, aunque luego del sinceramiento fiscal y de la última reforma tributaria, ya no se puede diferir el Impuesto a las Ganancias hasta que esta sociedad reparta dividendos.

Esto quiere decir que estas sociedades, salvo excepciones, son transparentes a nivel fiscal.

Sirven, de todos modos, porque otorgan cierto nivel de protección en el caso de filtración de información, es decir, brindan privacidad.

Además, permiten que la herencia, al menos en lo que respecta a los bienes que se colocaron debajo de dicha sociedad, se dirima en el exterior, con lo cual la familia va a ahorrar una buena parte de los honorarios de los abogados que van a llevar la sucesión.

Las sociedades off shore se estructuran a través de la emisión de acciones con derecho de supervivencia, de acciones de diferentes clases o la elaboración de un testamento bajo las leyes de la jurisdicción en la cual se decidió incorporar la sociedad offshore familiar.

4 FIDEICOMISO

La sociedad extranjera no sirve cuando diferir el Impuesto a las Ganancias vinculados a los activos que se tienen fuera del país y ahorrarse el Impuesto a los Bienes Personales, que a pesar de lo prometido, no se eliminó, es un tema fundamental para la familia.

En ese caso lo que hay que hacer es pasar al fideicomiso irrevocable y discrecional.

Esto es algo que aceptan pacíficamente legislación, doctrina y jurisprudencia.

Si el cliente no está del todo convencido acerca de la irrevocabilidad, puede establecer un fideicomiso revocable, o inclusive una fundación de interés privado, pero allí las ventajas van a sucesorias y de protección de activos, no impositivas.

5 FONDOS DE INVERSIÓN

Invertir en un fondo de inversión respecto del cual no se tenga el control es otra opción para diferir Impuesto a las Ganancias cuando la figure del fideicomiso no sea aconsejable.

Los contribuyentes también pueden establecer un fondo de inversión especial para una familia, pero se trata de una opción no exenta de complejidades que solo se recomienda para casos muy puntuales, concluyó el especialista en planificación patrimonial.

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