Impuestos bonaerenses: primera quincena de enero regirá feria fiscal

La primera quincena de enero no contará cómo días hábiles para el cómputo de los procedimientos tributarios y catastrales en la provincia de Buenos Aires, según informó oficialmente el organismo recaudador ARBA. Por lo tanto, los plazos regirán a partir del primer día hábil siguiente a la finalización de la misma.

El período en cuestión será entonces entre el 1° de enero y el 15 de enero próximos.

No obstante, la suspensión no afectará la atención al contribuyente ni los servicios, fiscalizaciones o acciones de gestión que desarrolla ARBA, ya que el organismo trabajará con normalidad durante la feria fiscal administrativa.

Tampoco regirá, según se informó, para los vencimientos impositivos fijados por el calendario fiscal ni para el cumplimiento de los deberes formales y materiales de los contribuyentes, agentes de recaudación e información, que se mantendrán sin modificaciones.

“La medida dispuesta no modifica en ningún caso plazos ni causales de suspensión y/o interrupción de la prescripción del Código Fiscal. Cabe destacar que los jueces administrativos podrán, mediante resolución fundada, habilitar días y horas específicas para la realización de determinados trámites, en los que la demora afecte los intereses del fisco , agregó ARBA.

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