Impuestos

Dólar AFIP: quiénes pueden pedir hasta el 70% de devolución y cuándo se habilita la solicitud

Desde el ente recaudador especificaron las cláusulas excepcionales que habilita el reintegro de percepciones del 45% junto al 25% en carácter de anticipo a cuenta de Bienes Personales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanza con la acreditación del 35% correspondiente a la devolución de percepciones por la compra de dólares o quienes realizaron gastos en monedas extranjeras, al tiempo que anticipó la fecha en la que se habilitará la solicitud de reintegro del 45% (Anticipo a cuenta de Ganancias) más el 25% adicional (Anticipo a cuenta de Bienes Personales)

La última carga impositiva activa desde octubre de 2022 mediante la Resolución General 5272, incorporó como segundo párrafo del artículo 2° de la normativa antecesora 4659 y sus modificatorias, un arancel suplementario en las operaciones cuyo monto mensual, considerado por sujeto, "sea igual o superior a la suma de U$S 300".

"Solamente se les puede hacer esa devolución (25% + 45%) a las personas que no estén inscriptas en Bienes Personales ni en Ganancias", subrayaron desde AFIP. "Además que no tengan retención de su empleador", continuaron.

El texto, en su artículo 10°, señala que cuando las percepciones sufridas generen saldo a favor en el gravamen, éste tendrá el carácter de ingreso directo y podrá ser aplicado para la cancelación de otras obligaciones impositivas, conforme lo establecido por la Resolución General 1658 y sus modificatorias, o la que la sustituya en el futuro. De lo contrario, los sujetos no alcanzados, podrán solicitar la devolución en los términos y condiciones establecidos.

"¿En qué caso podría darse esa devolución del 45% más el 25%?: en el monotributista puro", ampliaron desde AFIP.  

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En esta línea, desde el ente conducido por Carlos Castagneto sumaron a aquellos contribuyentes que estén inscriptos en Bienes Personales: también pueden pedirla, pero en la etapa de declaración jurada anual, pautada para abril y mayo próximo.

"Si la persona que fue susceptible a estas percepciones está inscripta en Ganancias que y no en Bienes Personales, pueden pedir la devolución del 25% adicional", concluyeron.

 

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