FLEXIBILIZA LAS CONTRATACIONES Y TERMINA CON LA "INDUSTRIA DEL JUICIO"

Avanza en el Congreso de Brasil la media sanción a una reforma laboral ambiciosa

El proyecto cambiará cerca de 200 artículos de la ley de trabajo. Se permitirá el empleo temporario y que las horas extras pasen a formar parte de un "banco de horas"

La reforma laboral, que buscaba la media sanción anoche en la Cámara de Diputados, si es aprobada tal como fue redactada por la comisión, alterará significativamente la jurisprudencia de la Justicia laboral. En la actualidad los juicios suelen terminar en condenas contra las empresas. La propuesta, además, reduce el poder de negociación de los sindicatos, crea nuevos tipos de contratos e intenta cambiar la idea de que el empleado es la parte más débil en la relación laboral (hiposuficiencia) al crear el concepto de autonomía individual del trabajador.

El proyecto de ley original, cuya autoría pertenece al diputado Rogerio Marinho (PSDB), que planteaba reformas puntuales, fue alterado sustancialmente y ahora modificará cerca de 200 artículos de la legislación laboral.
La propuesta derrumba el contenido de ocho fallos del Tribunal Superior del Trabajo con interpretaciones favorables a los trabajadores. También establece a la tasa de referencia como factor de reajuste de las indemnizaciones y costes de las acciones judiciales y no el índice del costo de vida.

Además prohibe a los jueces publicar jurisprudencia, anunciados o afines que creen obligaciones no previstas en la ley.

"Es una prohibición muy osada porque interfiere sobre el poder judicial", afirma el profesor y director de trabajo de las Facultades Metropolitanas Unidas (FMU), Gabriel Henrique Santoro.

Litigar en la justicia laboral también será más difícil para el trabajador porque deberá pagar los costos procesales y los honorarios. Actualmente, la mayoría obtiene justicia gratuita.

Otras novedades de la ley son las nuevas formas de contratación, la ampliación de las excepciones para jornadas de trabajo de 12 horas (con 36 horas de descanso) sin la necesidad de un acuerdo colectivo, la substitución del pago de horas extras por el uso de un banco de horas, también sin necesidad de participación del sindicato, renovable cada seis meses. Estos acuerdos podrán ser hechos por medio de contratos directos entre el empleado y la empresa.

"En la práctica las horas extras dejarán de existir, pues la opción de las empresas será la compensación de las horas", señala Dania Fiorin Longhi, profesora y socia del estudio que lleva su nombre.

Entre los nuevos contratos, el texto reglamenta el trabajo intermitente, por medio del cual el empleado es contratado por períodos determinados. "El empleado queda a disposición de la empresa y es llamado cuándo se le necesita. No sabe ni cuándo lo llamarán, ni cuánto va a ganar", dice el especialista en derecho laboral Wagner Luis Verquietini, del estudio Bonilha Abogados.

La actividad de los empleados autónomos también está contemplada en la propuesta. La ley reglamenta la prestación de servicios de estos trabajadores y autoriza la contratación por parte de las empresas.
La ley, además, crea normas para el contrato por un plazo determinado y amplia la contratación por tiempo parcial de 25 a 32 horas semanales.

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